Un plenario de comisiones del Senado dictaminó este martes el proyecto de nueva ley de discapacidad, ya aprobado por Diputados, que reemplaza la emergencia vigente en el área y la deja sin efecto cuando venza a fin de este año. El texto conserva la pensión no contributiva, su actualización por inflación, el nomenclador universal de prestaciones y el arancel unificado. La definición tiene alcance institucional y fiscal porque ordena el esquema de asistencia, control y financiamiento del sistema.
La firma del despacho se realizó en las comisiones de Presupuesto y Hacienda, presidida por el libertario Agustín Monteverde (Capital Federal), y de Población y Desarrollo Humano, encabezada por la cristinista Alicia Kirchner (Santa Cruz). Kirchner sostuvo: “Hay personas que nos han dicho de agregar esto o lo otro, pero el 31 de diciembre vence la ley y es fundamental que le demos sanción. Toda ley es perfectible, pero hoy tenemos que garantizar la mayor cobertura”. En la misma línea, Carlos Linares (Chubut) retiró su propuesta para prorrogar la emergencia y dijo que existe una “gran desesperación en todo el colectivo, que se está jugando hace rato”.
Compatibilidad laboral
Uno de los puntos centrales del dictamen es la compatibilidad entre la pensión y el empleo formal. Patricia Bullrich (Capital Federal) afirmó que la norma “busca dar una respuesta permanente y genera previsibilidad después de muchos desencuentros”, con el objetivo de evitar “una pelea permanente por este tema”. También remarcó la necesidad de controles y cuestionó pensiones otorgadas “como si fuese un plan social”. El texto ratifica que las personas con Certificado Único de Discapacidad, el CUD, podrán conservar la pensión si tienen empleo registrado o están inscriptas en regímenes tributarios, siempre que sus ingresos no superen dos salarios mínimos vitales y móviles.
Prestaciones y financiamiento
La iniciativa fija pensiones equivalentes al 70% del haber mínimo jubilatorio y mantiene el CUD como vía principal de acceso. Además, garantiza el acceso a las prestaciones básicas de la ley 24.901, a través de Incluir Salud, para titulares de pensiones no contributivas por invalidez laboral y por discapacidad. Para sostener el sistema, se detallaron partidas específicas del Ministerio de Salud y se previeron compensaciones del Tesoro si los recursos resultaran insuficientes. El texto también establece que el ingreso por beneficiario no podrá perder poder adquisitivo respecto del año anterior.
Controles y plazos
El proyecto incorpora auditorías periódicas a cargo de la Secretaría Nacional de Discapacidad mediante el cruce de datos con ANSeS, ARCA, Renaper y el SINTyS. Frente a un incumplimiento objetivo, el beneficio podría suspenderse de manera preventiva, aunque con un “debido proceso inclusivo” que incluye notificación y rehabilitación provisoria. En paralelo, si al momento de sancionarse la ley quedaran deudas con prestadores, el Poder Ejecutivo deberá difundir un cronograma de pagos dentro de los 30 días y cancelar esos pagos en un plazo de 90 días. El debate seguirá en el recinto del Senado, donde el dictamen quedó en condiciones de ser tratado con el consenso alcanzado en Diputados.




