La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón confirmó una condena contra la Municipalidad de Morón por las secuelas permanentes que sufrió una mujer tras una atención médica recibida cuando tenía 16 años. La reparación supera los $130 millones y fue ratificada 26 años después de los hechos ocurridos en 2000.
El caso se originó a partir de un cuadro abdominal que, según las pericias incorporadas al expediente, no fue diagnosticado ni tratado de manera adecuada. La paciente había consultado por fiebre, dolor abdominal y aumento de glóbulos blancos, pero recibió medicación antiespasmódica, una indicación que los peritos consideraron capaz de enmascarar síntomas y demorar la detección de un cuadro grave. Luego debió ser operada de urgencia por abdomen agudo y peritonitis vinculada con el apéndice.
Secuelas permanentes
Después de la intervención quirúrgica, la mujer presentó adherencias internas y una obstrucción intestinal parcial. La pericia médica concluyó además que padece infertilidad por una afección peritoneal y tubaria, producto de una obstrucción bilateral de las trompas, y fijó una incapacidad del 60%. A eso se sumó una evaluación psicológica que diagnosticó una neurosis postraumática relacionada con el hecho y determinó una incapacidad del 5%.
La demanda por daños y perjuicios fue presentada por la afectada contra el municipio y llegó al Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Morón, que en octubre de 2025 hizo lugar al reclamo. Esa sentencia reconoció $100.337.832 por incapacidad psicofísica permanente, una suma para tratamiento psicológico, $30 millones por daño moral y $100.000 por gastos de farmacia y asistencia médica. La Fiscalía de Estado bonaerense apeló el fallo y cuestionó los montos otorgados.
Lo que evaluó la Cámara
Al revisar el expediente, la Cámara consideró que las pericias médica y psicológica habían sido elaboradas por profesionales competentes, con fundamentos y en coincidencia con la documentación médica agregada. Por ese motivo, entendió que la sola disconformidad de la demandada no alcanzaba para apartarse de esas conclusiones. También señaló que una incapacidad permanente no se limita a la posibilidad de trabajar, sino que puede afectar actividades cotidianas, sociales y familiares.
Con esos criterios, el tribunal confirmó la indemnización por incapacidad psicofísica, mantuvo los $30 millones por daño moral y ratificó los gastos médicos y de farmacia. Además, sostuvo que la edad de la demandante al momento de los hechos, la gravedad de las secuelas y su impacto futuro justificaban la reparación fijada. La Cámara también modificó la forma de cálculo de los intereses: las indemnizaciones deberán expresarse en moneda local, devengarán una tasa anual del 6% desde el hecho hasta la sentencia de primera instancia y, desde ese fallo hasta el pago efectivo, regirá la tasa pasiva más alta que abona el Banco de la Provincia de Buenos Aires para depósitos a 30 días.
Intereses y costos del proceso
Para el tratamiento psicológico futuro, las magistradas dispusieron que los intereses correrán desde la notificación de la sentencia de primera instancia, por tratarse de una prestación destinada a gastos posteriores. Las costas de la apelación quedaron a cargo de la parte demandada. Con esta decisión, quedó firme en la instancia revisora la condena por la atención médica de 2000 y el modo en que deberán actualizarse los montos hasta el pago.




