Juan Darío Saso fue condenado a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por lesiones leves agravadas por el vínculo, en un caso tramitado por el sistema de Flagrancia. La resolución se dictó tras un episodio ocurrido el 15 de julio de 2026, cerca de las 23:27, cuando el hombre agredió a su pareja durante una discusión dentro de un Ford Ka.
Según el relato incorporado al expediente, el golpe fue de puño en la nariz y provocó una lesión visible en la víctima. Después de la agresión, Saso se retiró del lugar en su vehículo, mientras vecinos advertían la situación y daban aviso al 911. El caso es relevante porque derivó en una intervención policial inmediata y en una condena con cumplimiento efectivo, no condicional.
Intervención policial y fiscal
Cuando la Policía llegó, encontró a la mujer con una lesión sangrante en la nariz. En paralelo, los efectivos iniciaron la búsqueda del agresor y lo localizaron a pocos metros del lugar. Saso estaba oculto en el interior del automóvil de un vecino, donde fue hallado y aprehendido por los funcionarios policiales.
Tras la detención intervino la Unidad de Abordaje Territorial, con participación del ayudante fiscal Agustín Caballero Vidal. Luego de ser informado de lo sucedido, el fiscal Cristian Gerarduzzi dispuso el inicio del Procedimiento Especial de Flagrancia, el mecanismo previsto para hechos en los que la aprehensión se produce casi en simultáneo con el delito.
Juicio abreviado y pena unificada
El expediente concluyó mediante un acuerdo de juicio abreviado, una vía procesal en la que las partes aceptan una condena sin debate oral completo. En ese marco, Saso recibió seis meses de prisión efectiva y, además, se resolvió la unificación de condenas. La pena única fijada fue de dos años de prisión efectiva, con declaración de reincidencia y prisión preventiva.
Al momento de su aprehensión, Saso fue informado sobre el delito que se le imputaba y sobre sus derechos, entre ellos guardar silencio y designar un abogado defensor. Con la condena ya dictada, el dato procesal central es la pena unificada de dos años y la vigencia de la prisión preventiva, mientras el caso queda cerrado en esta instancia judicial.




