La causa por la muerte de Brisa Gallardo tendrá este martes una audiencia clave a las 9:15, en la que el juez de impugnación Maximiliano Blejman deberá resolver un planteo sobre la constitucionalidad del decreto provincial que fija la prioridad de paso en las avenidas. La definición puede incidir en el expediente por homicidio culposo y, al mismo tiempo, en la interpretación de una regla de tránsito aplicada en San Juan.
El caso investiga la muerte de la motociclista de 23 años, ocurrida en el cruce de avenida Ignacio de la Roza y calle Catamarca. La discusión jurídica reabre un conflicto que, según los antecedentes del expediente, lleva 20 años sin una definición uniforme en la provincia sobre qué norma prevalece cuando la ley nacional y una disposición local establecen criterios distintos para la prioridad de paso.
La audiencia se concreta después de que la jueza de garantías Verónica Chicón rechazara el pedido de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Mateo Joaquín Argüello Medawar, de 18 años, imputado por homicidio culposo. En esta etapa, el planteo no discute los hechos materiales del siniestro sino el marco normativo que debe aplicarse para determinar la prioridad en ese cruce.
El planteo de la defensa
El abogado José Beltrán sostiene que el Decreto Reglamentario Provincial 250-R, dictado en 2006, contradice la Ley Nacional de Tránsito 24.449. Su argumento se apoya en el artículo 41 de esa norma, que establece la prioridad de quien circula por la derecha, con excepciones previstas por la propia ley.
La defensa plantea que la provincia no puede modificar por decreto una regla contenida en una ley nacional a la que San Juan adhirió mediante la Ley 528-R. Por ese motivo, pidió que no se aplique la norma provincial que prioriza a quien circula por una avenida. Ese punto es central en la causa, porque los antecedentes indican que Gallardo circulaba en moto por la avenida Ignacio de la Roza cuando el auto de Argüello Medawar intentó cruzar desde calle Catamarca.
La postura fiscal y la decisión inicial
En la audiencia de formalización, el fiscal Iván Grassi se opuso al pedido de la defensa y sostuvo que las provincias pueden regular el tránsito en su territorio. También argumentó que la propia ley nacional habilita a las autoridades locales a fijar reglas según las características de cada lugar.
Con ese criterio, la jueza Chicón rechazó el planteo y consideró válido el decreto provincial. Además, fijó un plazo de un año para la investigación y dejó al imputado en libertad, con reglas de conducta que debe cumplir mientras avanza el proceso.
Un debate con efectos más amplios
La resolución que adopte ahora Blejman puede trascender el expediente de Brisa Gallardo. Los antecedentes citados en la causa señalan que la prioridad de paso en avenidas generó fallos contradictorios en la Justicia civil durante las últimas dos décadas, sin que la Corte de Justicia de San Juan fijara un criterio único.
Esa falta de definición tiene consecuencias directas en la atribución de responsabilidades en los siniestros viales, porque la regla aplicable puede cambiar el análisis jurídico de un choque. Si la impugnación prospera o es rechazada, el expediente seguirá su curso con un criterio normativo que podría ser revisado en instancias posteriores. También permanece abierta la posibilidad de una intervención legislativa que ordene de manera definitiva la prioridad de paso en las avenidas sanjuaninas.




