El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que había frenado la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Poder Ejecutivo cumplir con la normativa aprobada por el Congreso. La decisión quedó firmada por el juez Martín Cormick y dio lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA). El fallo dejó sin efecto el Decreto 759/2025.
La resolución dispuso el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, según el texto judicial. El punto central del planteo fue que la ley debía aplicarse y que el Ejecutivo no podía mantenerla suspendida por vía reglamentaria. En ese marco, la sentencia obliga a avanzar sobre los mecanismos administrativos necesarios para su ejecución.
Antecedentes del conflicto
El Gobierno había intentado frenar la aplicación de la ley primero mediante el veto. Luego de que el Congreso rechazó esa decisión y sostuvo la normativa, el Poder Ejecutivo dictó un decreto que estableció que el financiamiento universitario solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”. Esa definición abrió el conflicto judicial que motivó el amparo colectivo impulsado por el sistema universitario.
Qué reclamaron las universidades
El Consejo Interuniversitario Nacional, la UBA y otras casas de estudio pidieron que se cumplieran los puntos centrales de la ley, entre ellos la asignación de partidas para el funcionamiento de las universidades y la recomposición del salario de docentes y no docentes. El juez sostuvo que el decreto oficial “no supera un test mínimo de razonabilidad”, porque permitió suspender e inaplicar una ley frente a la cual el Congreso había insistido con las mayorías agravadas requeridas. También señaló que, ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, el decreto funcionó como “un mecanismo extraconstitucional”.
Impacto fiscal y próximos pasos
Cormick también cuestionó el argumento fiscal utilizado para limitar la norma. Recordó que en 2024 y 2025 no hubo Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas en 2023. Además, citó a la Oficina de Presupuesto del Congreso, que estimó que el impacto de la ley durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado. La sentencia deja ahora al Ejecutivo frente a la obligación de reglamentar y ejecutar la ley, mientras el conflicto por el financiamiento universitario queda sujeto a las medidas que adopte el Gobierno.




