En su columna legal del programa Insoportable, por Telesol, la abogada Yanina Vera analizó el ataque ocurrido en el barrio porteño de Palermo, donde un grupo de entre 50 y 60 adolescentes agredió a trabajadoras sexuales trans. La letrada ubicó el caso en el plano penal y remarcó que se trata de una situación atravesada por la edad de los acusados y por la violencia ejercida en grupo.
Calificación penal Vera sostuvo que el episodio presenta características pluriofensivas, es decir, que afecta varios bienes jurídicos al mismo tiempo, y afirmó que hubo premeditación en el ataque. “Lo que se destacó de esto fue la edad de los agresores, la cantidad que se organizó para ir a cometer este tipo de delitos y, por otro lado, la difusión masiva en los medios”, dijo la abogada. También vinculó el hecho con la situación de extrema vulnerabilidad y la falta de inclusión laboral que atraviesa el colectivo trans.
Régimen juvenil Sobre la situación de los adolescentes acusados, Vera explicó que las calificaciones habituales para este tipo de hechos son lesiones leves y graves, con penas de entre un mes y seis años de prisión. Señaló que, al no tener antecedentes y por su edad, se trata de delitos excarcelables. Agregó que, bajo el régimen penal juvenil, la privación de la libertad se aplica como última instancia y se priorizan medidas socioeducativas y de reinserción social, con resguardo de la identidad de los menores.
Prueba y defensa Consultada sobre si las víctimas pudieron haber cometido algún delito al resistir la agresión, la abogada descartó esa hipótesis y sostuvo que actuaron en legítima defensa frente a un ataque multitudinario. También afirmó que el Estado debe actuar de oficio contemplando el género, la actitud discriminatoria y los crímenes de odio vinculados con la elección de género y la elección sexual. En ese marco, valoró las grabaciones de seguridad y los videos difundidos en redes como pruebas relevantes para la causa.
Reclamo civil Vera aclaró que la responsabilidad penal recae sobre los adolescentes acusados, pero que una eventual sentencia condenatoria puede abrir un reclamo patrimonial contra sus familias. “De esa sentencia se deriva una responsabilidad civil en la cual las personas agredidas pueden accionar contra sus padres”, dijo. Con ese criterio, el avance del expediente penal y la definición judicial sobre la responsabilidad de los menores serán determinantes para cualquier reclamo posterior.




