La investigación judicial por la muerte de Mia Shay St Hilaire, una niña de 12 años con alergia severa a los frutos secos, concluyó en el Reino Unido que el deceso se produjo tras beber un batido contaminado en una cafetería de Bermondsey, al sur de Londres. El hecho ocurrió en agosto de 2023 y, según la Justicia, la reacción fue una anafilaxia de rápida progresión causada por contaminación cruzada. La resolución vuelve a poner en foco los controles de higiene y de información sobre alérgenos en locales gastronómicos.
La reconstrucción del caso indica que el episodio tuvo lugar en Pop Inn Cafe, donde el propietario, Baris Yucel, preparó el batido utilizando una licuadora que no había sido lavada después de elaborar otra bebida con avellanas. De acuerdo con las imágenes de las cámaras de seguridad y con la investigación posterior, restos de ese ingrediente quedaron en el artefacto y contaminaron la bebida servida a la menor. La jueza forense adjunta Briony Ballard determinó en su fallo que esa contaminación provocó la reacción alérgica fatal apenas la niña consumió el producto.
Tras el episodio, Mia fue trasladada de urgencia al Hospital Infantil Evelina de Londres, donde ingresó directamente a la unidad de cuidados intensivos. Pese a la asistencia médica, murió a raíz de la crisis respiratoria. El caso expone la gravedad que puede tener la manipulación inadecuada de alimentos cuando existen antecedentes de alergias severas y ausencia de controles efectivos sobre alérgenos.
Condena y admisión La causa avanzó a partir de una demanda promovida por el Ayuntamiento de Southwark. En ese marco, Baris Yucel admitió su culpabilidad en seis faltas graves contra la seguridad alimentaria, entre ellas la omisión de advertencias sobre alérgenos, la falta de controles para evitar contaminación cruzada y el despacho de productos con ingredientes nocivos para personas alérgicas. La Justicia le impuso una multa de 18.000 libras esterlinas, equivalentes a unos 24.000 dólares, y 100 horas de trabajo comunitario.
Antecedentes y situación del acusado En su alegato, la defensa sostuvo que el magistrado valoró que el hombre, de 47 años, no tenía antecedentes penales y acumulaba 22 años de trayectoria en la industria alimentaria. También señaló que el acusado expresó arrepentimiento, realizó capacitaciones para reforzar los protocolos sanitarios después del hecho y se desvinculó de manera definitiva de la gestión del comercio. La resolución deja como variable central la exigencia de mayor control en la manipulación de alimentos y en la comunicación de alérgenos en establecimientos abiertos al público.




