La Unidad de Información Financiera (UIF) aprobó este lunes una norma que facilita el ingreso de los llamados “dólares del colchón” al sistema bancario. La medida alcanza a personas inscriptas en el régimen simplificado de Ganancias, un esquema con menos obligaciones para ese impuesto, y puede tener incidencia en ahorristas de San Juan que mantienen divisas fuera del banco. La disposición apunta a reducir los requisitos documentales para depósitos y operaciones dentro de un límite anual.
La Resolución 144/2026 estableció un procedimiento especial para quienes depositen o usen hasta $100 millones por año calendario, o su equivalente en moneda extranjera. Dentro de ese umbral, las entidades no podrán exigir que se explique el origen de los fondos, los ingresos o el patrimonio. Tampoco podrán pedir documentación sobre la actividad económica de la persona ni contrastar la operación con su capacidad de ahorro.
Qué controles se mantienen. La norma no elimina las verificaciones básicas que deben realizar los bancos. Las entidades deberán identificar a cada cliente, confirmar que esté inscripto en el régimen simplificado y comprobar que no tenga una condición que lo excluya del beneficio. Quedan fuera del esquema los funcionarios públicos y los grandes contribuyentes nacionales, según la resolución.
Qué ocurre al superar el límite. Pasar los $100 millones no impide depositar o usar el dinero, pero deja de aplicarse el procedimiento simplificado. En ese caso, el banco debe realizar un análisis de riesgo que puede incluir pedidos adicionales de información y documentación. Estar inscripto en el régimen simplificado sigue siendo un antecedente favorable para la evaluación de la entidad, aunque superar el monto no convierte por sí solo a la operación en sospechosa, de acuerdo con especialistas consultados sobre el alcance de la norma.
Prevención de lavado. La UIF aclaró que continúan vigentes las obligaciones para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Los bancos deberán seguir monitoreando las operaciones y reportar aquellas que presenten indicios de irregularidades. El organismo sostuvo que el objetivo es facilitar que los ahorros en dólares entren al circuito formal, con controles ajustados al riesgo de cada caso.
La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y las entidades obligadas tendrán 60 días corridos desde ese momento para adecuar sus procedimientos internos. Ese plazo será el marco operativo para la implementación del nuevo esquema en bancos y otras entidades alcanzadas.




