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Fallo judicial

La Corte revirtió una condena millonaria y liberó a una bodega sanjuanina de devolver casi US$600.000

El máximo tribunal provincial dejó sin efecto dos sentencias que favorecían a una empresa vinculada al empresario minero Juan José Retamero. Además de rechazar el reclamo económico, impuso a la firma demandante el pago de las costas del proceso.

La Corte revirtió una condena millonaria y liberó a una bodega sanjuanina de devolver casi US$600.000

En una resolución de fuerte impacto para el ámbito empresarial de San Juan, la Corte de Justicia de la provincia dejó sin efecto una condena que obligaba a una importante bodega local a restituir cerca de 600.000 dólares por un conflicto comercial derivado de un contrato de compraventa de vino que nunca llegó a ejecutarse en su totalidad.

El pronunciamiento modifica por completo el rumbo que había tomado el expediente judicial. Tanto el juez de primera instancia como la Cámara Civil habían considerado procedente el reclamo de la firma demandante y ordenado la devolución del dinero. Sin embargo, el máximo tribunal provincial revisó el caso, analizó el fondo de la controversia y concluyó que no existían elementos suficientes para responsabilizar a la empresa vitivinícola por un supuesto incumplimiento contractual.

La causa enfrentó a Fraccionadora San Juan, elaboradora de reconocidas marcas de vino, con Iberte S.R.L., compañía de capitales españoles cuyo propietario es el empresario Juan José Retamero, también titular de la mina Gualcamayo.

El origen del conflicto

La disputa se remonta a un acuerdo comercial mediante el cual ambas empresas proyectaban la entrega de más de 25 millones de litros de vino. Como parte de esa operación, Iberte adelantó aproximadamente 600.000 dólares.

No obstante, el negocio quedó prácticamente paralizado y únicamente se concretó la entrega de poco más de 142.000 litros. Ante esa situación, la empresa española inició una demanda reclamando la restitución de casi la totalidad del dinero entregado, al considerar frustrado el contrato.

Por su parte, la bodega sostuvo durante todo el proceso que ese desembolso constituía un anticipo dentro de una operación de mayor magnitud y que la continuidad del acuerdo dependía de un cronograma logístico —conocido como "plan de cargas"— que nunca fue presentado por la compradora.

La interpretación de la Corte

La Sala I de la Corte, integrada por Guillermo De Sanctis, Daniel Olivares Yapur y Juan José Victoria, hizo lugar al recurso extraordinario presentado por la empresa sanjuanina y adoptó una decisión poco habitual: no solo anuló las sentencias anteriores, sino que resolvió definitivamente el litigio.

En su análisis, los magistrados concluyeron que el denominado plan de cargas no constituía una obligación exigible desde el inicio del contrato, sino una etapa que debía ser desarrollada posteriormente por ambas partes.

Sobre esa base, entendieron que no podía configurarse un incumplimiento contractual atribuible exclusivamente a la bodega. Además, señalaron que durante el proceso no se incorporaron pruebas suficientes que demostraran que la empresa hubiera incumplido la entrega del volumen de vino pendiente.

Con esos fundamentos, la Corte revocó las decisiones anteriores y rechazó íntegramente la demanda presentada por Iberte.

Sin devolución del dinero y con costas a cargo de la demandante

La resolución implica que Fraccionadora San Juan no deberá reintegrar los casi 600.000 dólares que reclamaba la empresa española, una cifra que, al valor actual del tipo de cambio, representa un monto cercano a los mil millones de pesos.

Además, el fallo dispuso que Iberte afronte las costas generadas durante todas las instancias judiciales, lo que incrementa el impacto económico de la decisión.

Un empresario con otros litigios en la industria del vino

El conflicto en San Juan no es el único frente judicial que mantiene Iberte dentro del sector vitivinícola argentino.

La compañía también protagoniza una extensa disputa con Fecovita, una de las principales cooperativas vitivinícolas del país, con sede en Mendoza. Allí sostiene que diversas maniobras impidieron concretar un proyecto exportador conjunto y reclama millonarias indemnizaciones vinculadas tanto a inversiones realizadas como a ganancias que, según afirma, dejó de percibir por la frustración del emprendimiento.

Con este fallo, la Corte sanjuanina cierra uno de los procesos comerciales más relevantes de los últimos años en la provincia, marcando un precedente sobre la interpretación de las obligaciones asumidas en contratos de gran escala dentro de la industria vitivinícola.

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