Condena efectiva en un caso de violencia de género sin declaración de la víctima
La Justicia impuso dos años de prisión efectiva a Mario Alberto Campillay tras valorar pruebas reunidas durante la investigación. La fiscal Adriana Ginestar sostuvo que la sentencia se apoyó en elementos suficientes, pese a la ausencia de la denunciante en el debate oral.
La Justicia condenó a Mario Alberto Campillay a dos años de prisión de cumplimiento efectivo por lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género, en concurso real con amenazas simples. El fallo se dictó aunque la víctima no declaró durante el juicio oral.
La fiscal de la UFI CAVIG, Adriana Ginestar, señaló que el proceso fue complejo para el Ministerio Público, ya que la mujer fue citada en varias oportunidades, pero no pudo ser localizada. "Se logró una condena de cumplimiento efectivo hacia el señor Mario Alberto Campillay, por la tercera denuncia que le realizaba su expareja. En las dos ocasiones anteriores también tenía condena este señor y, en este caso, lo novedoso fue que durante el debate de juicio oral no pudimos contar con la declaración de la víctima", indicó.
Según explicó, la denunciante fue convocada para declarar y luego buscada en dos ocasiones por la Fuerza Pública, con apoyo de la Brigada de Investigaciones de la UFI CAVIG, sin resultados. "Eso nos dio la pauta de que ella todavía está entrampada en lo que significan las consecuencias de la violencia en todas sus modalidades y entendimos que tuvo miedo", sostuvo Ginestar.
Pese a esa ausencia, la Fiscalía reunió un conjunto de pruebas que sostuvo la acusación. "A un juicio por violencia de género no llegamos solamente con una denuncia o con la declaración de la víctima", remarcó la fiscal al describir la estrategia probatoria utilizada en el debate.
Entre los elementos incorporados mencionó el informe del médico legista Alfredo Píriz, que constató lesiones compatibles con los elementos contundentes denunciados por la víctima y hallados por Policía Científica en el lugar del hecho. También destacó el informe psicológico de Verónica Fernández Cauci, quien evaluó a la mujer el día de la denuncia y dejó asentado el temor hacia el agresor y su situación dentro de un círculo de violencia.
Otro punto considerado relevante fue el testimonio de una vecina que asistió a la víctima durante el episodio. "El compromiso de los ciudadanos y ciudadanas marca la diferencia entre que una mujer pueda seguir viviendo o no", afirmó Ginestar al referirse a la ayuda brindada cuando la denunciante logró salir de la vivienda. De acuerdo con su relato, la mujer había permanecido atada de las manos con un cable durante toda la noche.
El juicio estuvo a cargo del juez Juan Gabriel Meglioli, quien el pasado 22 de junio declaró culpable a Campillay y ordenó que continúe detenido hasta que la sentencia quede firme. La fiscal también dirigió un mensaje a personas que atraviesan situaciones de violencia de género y recordó que muchas víctimas pasan por etapas que dificultan la ruptura del vínculo.
"Es muy común que la mujer venga, denuncie y a los pocos días se retracte", señaló Ginestar, al explicar el denominado círculo de la violencia, que incluye una fase de acumulación de tensiones, otra de agresión y una tercera de reconciliación o "luna de miel". Finalmente, afirmó que la Fiscalía puede avanzar de oficio aun cuando la víctima manifieste que no desea continuar, si existen elementos suficientes, y destacó el trabajo conjunto con la Dirección de Género, la Dirección de Niñez y Adolescencia y la Secretaría de Seguridad para brindar acompañamiento y protección.