Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.diarioelzondasj.com.ar/a/353302
Avance judicial

La Corte Suprema analiza el caso Márquez y podría fijar un criterio para siniestros viales

La familia de Francisco Márquez impulsa la revisión de la condena impuesta al conductor que lo atropelló a 130 km/h. El expediente ya fue admitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y es el primero de estas características en llegar al máximo tribunal.

La Corte Suprema analiza el caso Márquez y podría fijar un criterio para siniestros viales

A tres años de la muerte de Francisco "Titi" Márquez, su familia mantiene abierta la disputa judicial por la condena dictada contra Gonzalo Nicolás Castro. El expediente fue admitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y quedó bajo análisis en una instancia considerada inédita para un siniestro vial en San Juan y en el país.

El hecho ocurrió el 8 de abril de 2023, en la madrugada, sobre Ruta 60. Francisco se trasladaba en moto de oeste a este cuando, a la altura del Camping El Pinar, fue embestido por un Fiat Uno conducido por Castro, que circulaba a unos 130 km/h en una zona con velocidad máxima de 60 km/h.

La causa se resolvió mediante juicio abreviado y terminó con una condena de tres años de prisión condicional y nueve años de inhabilitación para conducir, bajo la figura de homicidio culposo agravado. Según la querella, la escala penal prevista iba de tres a seis años, pero se aplicó el mínimo.

Néstor "Roly" Olivera, abogado querellante, sostuvo que se trata del primer caso en el país que llega al máximo tribunal en estas condiciones. "Es el primer caso en el país que se presenta para estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación un juicio abreviado por accidente de tránsito. Nosotros lo llevamos porque entendemos que se violaron derechos consagrados constitucional y convencionalmente por los tratados internacionales, derechos de las víctimas", señaló a Telesol Diario.

El planteo no busca revisar la prueba sino discutir aspectos jurídicos de fondo. Olivera afirmó que hubo una afectación al derecho de la víctima porque no puede oponerse al juicio abreviado y cuestionó además la determinación de la pena. "Por un lado, hubo violación al derecho de la víctima, en cuanto a que no puede oponerse al juicio abreviado y, por otro lado, está la merituación de la pena, donde se vulneran aspectos fundamentales. No se le puede colocar el mínimo, en virtud de cómo ocurrió el hecho", expresó.

La querella y la familia Márquez esperan una definición del tribunal integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Olivera remarcó que la admisión del caso ya constituye un paso relevante y que podría dejar un precedente sobre juicios abreviados y participación de las víctimas. También mencionó el caso de Jairo Malla, que avanza en una línea similar, y afirmó que la familia está dispuesta a continuar hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos si fuera necesario.

Últimas noticias

Ver más noticias