La Justicia anula el protocolo antipiquetes impulsado por Patricia Bullrich
El juez Martín Cormick declaró la nulidad del protocolo antipiquetes por vulnerar derechos constitucionales. El Gobierno podrá apelar la decisión ante instancias superiores.
El juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, declaró la nulidad del denominado "protocolo antipiquetes" implementado hace dos años por la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich para contener movilizaciones sociales y cortes de calle.
El fallo se basó en una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que argumentó que el protocolo atenta contra el derecho a la protesta social. Según el magistrado, la administración pública no puede dictar normas que lesionen derechos constitucionales fundamentales como la libertad de reunión, petición y expresión.
El protocolo permitía a las fuerzas de seguridad actuar de manera inmediata ante cortes de vías, habilitando la represión bajo la premisa de delitos en flagrancia. Sin embargo, Cormick sostuvo que la protesta social no debe equipararse a un delito penal que justifique el accionar policial sin autorización judicial previa.
Asimismo, cuestionó las prácticas de inteligencia autorizadas por el protocolo para identificar manifestantes mediante registros fílmicos y fotográficos, señalando que vulneran la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe almacenar datos por motivos ideológicos o político-partidarios.
El juez también criticó que el protocolo no diferencie la intervención según la condición de grupos vulnerables como niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad, quienes requieren protección especial.
Por estas razones, Cormick exhortó al Ministerio de Seguridad a abstenerse de aplicar el protocolo y a ajustar sus actuaciones a las normativas del Código Procesal Penal.
El Gobierno cuenta con la posibilidad de apelar la sentencia ante instancias judiciales superiores.