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Jueves 28 de Marzo, 2024
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Aumentos

Gobierno modificó el porcentaje de incremento de telefonía, cable e internet

En diciembre pasado se había autorizado el aumento de hasta el 17% pero a través de una nueva resolución, dieron de baja a esos aumentos y fijó un tope para las empresas. 

El pasado 29 de diciembre, el Gobierno autorizó un nuevo aumento para las empresas de telefonías celulares, internet y televisión por cable, el cual se iba a aplicar a partir de fines de enero.

Sin embargo, a través de una Resolución, en las últimas horas se aclaró que la medida se daba de baja y que solamente podrán tener un 4% de aumento mensual hasta llegar al 17,6% estipulado.

De esta forma, los aumentos quedarán del 4% en enero, 4% en febrero, 3% en marzo y 3.5% en abril, lo que deja un total del 15% en el primer cuatrimestre del año.

¿Qué dice la Resolución del Boletín Oficial?

"Establecer que las Licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) podrán aplicar a partir del 1° de enero de 2023, un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en la modalidad pospaga y/o mixta, en un porcentaje de hasta un CUATRO por ciento (4%); tomando como referencia sus precios vigentes al 31 de diciembre de 2022 y autorizados mediante Resoluciones ENACOM", expresa la Resolución 2494/2022 en el Boletín Oficial.

"A partir del 1° de febrero de 2023, las prestadoras aludidas podrán aplicar un nuevo incremento en un porcentaje de hasta el CUATRO por ciento (4%) sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados y de conformidad con los términos del párrafo anterior", agrega.

"A partir del 1° de marzo de 2023, las prestadoras aludidas podrán aplicar un nuevo incremento en un porcentaje de hasta el TRES CON 50/100 por ciento (3,50%) sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados y de conformidad con los términos del párrafo anterior. A partir del 1° de abril de 2023, las prestadoras aludidas podrán aplicar un nuevo incremento en un porcentaje de hasta el TRES CON 50/100 por ciento (3,50%) sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados y de conformidad con los términos del párrafo anterior", detalla.

Estas cifras regirán, según la normativa, "para las licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM), así como también para las de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), Servicios de Telefonía Fija (STF), Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico (SRSVFR) y Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH)".

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