La Justicia resolvió concederle a José Luis Sotomayor la suspensión de juicio a prueba por el término de 1 año, en una causa que unificó una falsa amenaza de bomba y el incumplimiento de una medida de restricción. La decisión fue adoptada por el juez de Garantías Gerardo Javier Fernández Caussi, tras una audiencia judicial en San Juan.
El expediente reunió dos investigaciones que habían avanzado por separado y que luego fueron analizadas en conjunto. Una se originó por una llamada al 911 que alertó sobre un supuesto artefacto explosivo en el Centro Cultural de Sarmiento; la otra, por el incumplimiento de una prohibición de acercamiento dictada a favor de la expareja del acusado. Según la pesquisa, ambos hechos quedaron vinculados a una situación de hostigamiento previa.
Operativo y evacuación
El primer episodio ocurrió el 6 de agosto, cerca de las 9:30, cuando ingresó una comunicación anónima al sistema de emergencias. La advertencia activó los protocolos de seguridad y derivó en la evacuación preventiva del edificio cultural y de otras dependencias cercanas, entre ellas el Juzgado de Paz que funciona en las inmediaciones. Personal especializado intervino en el lugar ante la presunta presencia de un explosivo.
Con el avance de la investigación, la Fiscalía reconstruyó el origen de la llamada y detectó una conexión entre el teléfono utilizado para la amenaza y el número desde el cual, según la causa, Sotomayor mantenía conductas de hostigamiento hacia su expareja. La pesquisa estuvo a cargo del fiscal José Plaza, quien incorporó el hecho al contexto de violencia que ya había sido denunciado por la mujer. La intervención judicial previa incluía medidas de protección, restricciones de acercamiento y el uso de una pulsera electrónica.
Incumplimiento de la restricción
El 18 de agosto, 12 días después de la amenaza, el sistema de monitoreo detectó que el acusado habría incumplido la prohibición de acercamiento y se habría dirigido nuevamente a las cercanías del lugar de trabajo de su expareja. La Policía intervino en la zona y el hombre fue aprehendido. Después de ese episodio, la mujer realizó una nueva presentación ante la UFI CAVIG, unidad fiscal especializada en violencia de género.
En la resolución judicial, el juez Fernández Caussi homologó un acuerdo y dispuso la salida alternativa del proceso por el plazo de 1 año. Durante ese período, Sotomayor deberá cumplir una reparación simbólica destinada a la víctima, realizar tareas comunitarias en un municipio distinto al departamento donde reside y respetar una prohibición estricta de acercamiento y contacto. El caso quedó cerrado en esa instancia bajo esas condiciones, aunque su cumplimiento deberá ser controlado por el sistema judicial.




