La VTV suma talleres habilitados y redefine los plazos de inspección
El Ejecutivo nacional puso en marcha una reforma del sistema de Verificación Técnica Vehicular que amplía los lugares autorizados para realizar el trámite. También se modifican las frecuencias de revisión según la antigüedad y el tipo de vehículo.
El Gobierno nacional formalizó una reforma del sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Revisión Técnica Obligatoria (RTO) que habilita la realización de inspecciones en plantas verificadoras, talleres mecánicos, concesionarias y otros establecimientos que cumplan con los requisitos técnicos exigidos.
La medida quedó establecida a través del Decreto 689/2026, publicado en el Boletín Oficial, y completa la aplicación de la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte, que creó el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos. A partir de este esquema, los propietarios de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga y unidades especiales podrán optar por el lugar de revisión, siempre que esté inscripto y habilitado.
El nuevo registro funcionará de manera digital y gratuita mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Los talleres interesados deberán presentar una declaración jurada, acreditar capacidad técnica y contar con un director técnico responsable, además de remitir en tiempo real los resultados de cada inspección a la base oficial para sostener la habilitación.
Según informó el Gobierno, el objetivo es ampliar la oferta de centros de verificación, agilizar los trámites y facilitar el acceso al control técnico sin alterar las exigencias de seguridad vial. La reforma también redefine los plazos de revisión: para los vehículos particulares cero kilómetro, la primera VTV será obligatoria a los cinco años del patentamiento; hasta los diez años de antigüedad, la inspección será bienal; y para los de mayor antigüedad, anual.
En el caso de los vehículos destinados al transporte de pasajeros y de cargas, se mantiene la exigencia de realizar la inspección cada seis meses. La normativa aclara, además, que los controles técnicos no se flexibilizan: los establecimientos deberán verificar el estado mecánico, las condiciones de seguridad y los niveles de emisiones contaminantes conforme a la legislación vigente.