El Ejecutivo pone en marcha un amplio borrador para desregular sectores clave
El anteproyecto que circula en ámbitos oficiales introduce cambios en farmacias, mercado de capitales, agro, cabotaje y cultura, entre otras áreas. La propuesta deroga y modifica normas históricas con el objetivo de reducir controles y ampliar la competencia.
El Gobierno nacional comenzó a distribuir un extenso anteproyecto de ley orientado a la desregulación económica, con alcance sobre actividades productivas y comerciales de muy diverso tipo. El texto, al que accedió parlamentario.com, reúne más de un centenar de artículos en ocho títulos y plantea una de las reformas regulatorias más amplias desde el inicio de la gestión de Javier Milei.
La iniciativa introduce cambios en el Código Civil y Comercial, la Ley de Farmacias, la normativa de navegación y cabotaje, y disposiciones vinculadas con el mercado de capitales, fideicomisos y garantías. También propone derogar leyes históricas relacionadas con arrendamientos rurales, promoción vitivinícola, traductores públicos, corretaje y regulación del gas licuado de petróleo.
Uno de los capítulos iniciales flexibiliza el ejercicio del corretaje. Según el proyecto, para desempeñar esa actividad bastará con ser mayor de edad y contar con título secundario, y se habilita la actuación de personas humanas y jurídicas. Además, se autoriza el uso de plataformas digitales y la organización bajo cualquier forma societaria, al tiempo que se prohíbe establecer requisitos de residencia, incompatibilidades con otras profesiones, aranceles mínimos o máximos y honorarios obligatorios.
En materia de Gas Licuado de Petróleo, el anteproyecto limita la intervención estatal a cuestiones de seguridad técnica. La autoridad de aplicación conservará funciones de control, pero no podrá regular precios, cantidades, volúmenes comercializados, márgenes de rentabilidad ni condiciones comerciales. En ese marco, se deroga la Ley 26.020 y también el artículo 74 de la Ley 24.076.
El texto también modifica la legislación vinculada con libros, doblaje y traducciones. La Secretaría de Cultura pasará a ser la autoridad de aplicación de la norma de fomento del libro y la lectura, mientras se derogan varios artículos de la Ley 25.446. A la vez, se eliminan la Ley 23.316, sobre la industria del doblaje, y la Ley 25.542, conocida como ley de precio uniforme del libro. En el caso de los traductores públicos, se deroga el artículo 6 de la Ley 20.305 y se deja al Poder Ejecutivo la posibilidad de exigir traducciones al castellano sólo en situaciones excepcionales.
El capítulo de farmacias introduce cambios de fondo en la Ley 17.565. Entre otros puntos, habilita la venta de medicamentos con receta por canales digitales, la entrega a domicilio y la comercialización de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias. También permite fijar libremente horarios de atención, digitalizar recetas y registros, y adoptar cualquier forma societaria admitida por la legislación vigente. Las droguerías, además, podrán vender al público si optan por constituirse como farmacias.
En el frente agroindustrial, la propuesta alcanza a la carne vacuna, los arrendamientos rurales y la vitivinicultura. Las contribuciones obligatorias que financian al Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina quedarían eliminadas a partir del 1 de octubre de 2027. En paralelo, se derogan de manera integral la Ley 13.246 y la Ley 14.432, que regulan arrendamientos y aparcerías rurales, aunque los contratos vigentes seguirán bajo esas normas hasta su vencimiento.
En materia vitivinícola, el proyecto incorpora prácticas reconocidas por la Organización Internacional de la Viña y el Vino, simplifica controles y concentra la fiscalización en el tramo final de la cadena productiva. También prevé sanciones calculadas en UVAs y deroga la Ley 25.849, que dio origen al Plan Estratégico Vitivinícola y a la COVIAR. La entidad deberá presentar un informe de cierre, rendir cuentas y proceder a su liquidación.
El capítulo de marina mercante habilita que buques extranjeros realicen libremente transporte de cabotaje dentro del territorio argentino. Las exigencias de tripulación nacional serán graduales: hasta 90 días, sin obligación; entre 91 y 180 días, 20%; entre 181 y 360 días, 40%; y por más de 360 días, 75%. Además, se deroga el Decreto Ley 19.492 de 1944, considerado eje de la reserva de carga nacional.
La parte más extensa del anteproyecto se concentra en el sistema financiero y el mercado de capitales. Se habilitan cláusulas de actualización e indexación para pagarés y letras, se reconoce la validez de instrumentos digitales y se flexibiliza el régimen de fideicomisos. En paralelo, la reforma incorpora principios como neutralidad tecnológica, inclusión financiera, uso de activos digitales y registros distribuidos, y amplía las facultades de la Comisión Nacional de Valores.