La condena por el crimen de Talia Recabarren volverá a ser revisada por un nuevo tribunal
Por disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, otra integración de la Corte de Justicia de San Juan deberá analizar el fallo que elevó de 10 a 16 años la pena impuesta a Ángel Morales, condenado por el femicidio ocurrido en 2016. La revisión busca garantizar el derecho del acusado a una segunda instancia sobre el agravamiento de su condena.
A más de una década del femicidio de Talia Recabarren, uno de los casos que más conmocionó a San Juan, el expediente judicial volvió a cobrar movimiento. La pena de 16 años de prisión que cumple Ángel Morales será sometida a una nueva revisión, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenara garantizar al condenado una instancia adicional de análisis sobre el incremento de la condena.
La decisión del máximo tribunal del país no implica la anulación del fallo ni la liberación del condenado, sino que apunta a resguardar una garantía constitucional: que toda condena o agravamiento de una pena pueda ser revisado por un órgano judicial diferente.
En cumplimiento de esa resolución, una nueva sala integrada especialmente deberá pronunciarse sobre la sentencia que, años atrás, elevó de 10 a 16 años la pena aplicada al autor del crimen.
La conformación del tribunal estará integrada por los ministros Guillermo De Sanctis y Marcelo Lima, junto con el camarista penal Eduardo Raed, quienes tendrán la responsabilidad de analizar los planteos de la defensa.
La estrategia de la defensa
La revisión fue impulsada por la defensora Oficial Mariela López, quien recurrió hasta la Corte Suprema al sostener que el aumento de la condena dejó a su asistido sin la posibilidad de obtener una revisión amplia de esa decisión.
Según trascendió, durante una audiencia prevista para agosto expondrá los argumentos con los que buscará que se reduzca la pena o, incluso, la absolución del condenado.
El eje de la discusión no estará centrado en establecer nuevamente la autoría del hecho, sino en determinar si el incremento de la condena respetó plenamente las garantías procesales previstas por la Constitución Nacional.
El crimen que conmocionó a San Juan
El femicidio ocurrió el 16 de junio de 2016 en el departamento Zonda. De acuerdo con la investigación, Morales, quien era expareja de la víctima y era menor de edad al momento del hecho, se encontró con Talia Recabarren durante la noche y ambos se dirigieron hacia una zona cercana a Finca Las Moras.
Allí, según quedó acreditado durante el proceso judicial, la joven fue asesinada mediante asfixia mecánica. Su cuerpo fue encontrado seis días después, luego de una intensa búsqueda que mantuvo en vilo a la provincia.
En la investigación también quedó incorporada la declaración del propio imputado, quien reconoció haber provocado la muerte, aunque intentó explicar el episodio como un supuesto juego sexual que terminó de manera accidental.
Cómo se llegó a los 16 años de prisión
El proceso judicial transitó por distintas instancias debido a que el acusado era menor al momento del crimen.
Inicialmente, el juez de Menores Jorge Toro le impuso una condena de 10 años de prisión. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal apeló esa decisión y la entonces Sala II de la Corte de Justicia de San Juan revisó el caso.
Los ministros Juan José Victoria, Adriana García Nieto y Daniel Olivares Yapur consideraron que correspondía endurecer la sanción y fijaron una pena de 16 años de prisión.
Fue precisamente ese agravamiento el que originó la discusión jurídica que ahora vuelve a abrir el expediente.
El principio del "doble conforme"
La Corte Suprema entendió que, al convertirse la resolución de la Corte sanjuanina en la primera decisión que aumentó la pena, Morales debía contar con otra instancia que revisara exclusivamente ese agravamiento.
Ese derecho es conocido en el ámbito jurídico como "doble conforme", una garantía que busca evitar que una condena más severa quede firme sin un nuevo control judicial.
Para fundamentar su decisión, el máximo tribunal nacional tomó como referencia precedentes anteriores en los que había ordenado mecanismos similares de revisión cuando una condena había sido dictada o endurecida por un tribunal superior sin posibilidad de un control posterior.
Aunque aquellos expedientes presentaban circunstancias distintas, los jueces entendieron que compartían el mismo principio constitucional y que debía aplicarse el mismo criterio al caso del femicidio de Talia Recabarren.
Ahora será esa nueva integración de magistrados la que determine si la pena de 16 años debe mantenerse o si corresponde modificarla, en un expediente que, pese al tiempo transcurrido desde el crimen, continúa abierto en los tribunales sanjuaninos.