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Régimen simplificado

Monotributo: ARCA aplicará en julio un nuevo ajuste de cuotas y parámetros

La actualización semestral prevista para 2026 modificará los importes mensuales del Monotributo y los topes que definen cada categoría. También se abrirá una nueva recategorización obligatoria para quienes hayan variado sus ingresos u otros parámetros evaluados por ARCA.

Monotributo: ARCA aplicará en julio un nuevo ajuste de cuotas y parámetros

A partir de julio de 2026 comenzarán a regir nuevos valores para el Monotributo. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplicará la actualización semestral del régimen simplificado, con impacto en las cuotas mensuales y en los parámetros de permanencia de los contribuyentes.

El ajuste alcanzará a trabajadores independientes, profesionales, comerciantes y emprendedores de todo el país, y se calculará según la inflación acumulada durante el primer semestre del año. De acuerdo con las proyecciones, las cuotas mensuales tendrían un incremento del 14,3%.

Con esa suba, la Categoría A pasaría a $42.386,74; la Categoría B, a $48.250,78; la Categoría C, a $56.501,85 en servicios y $55.227,06 en bienes; y la Categoría D, a $72.414,10 en servicios y $70.661,26 en bienes.

En las categorías superiores, la Categoría E quedaría en $102.537,97 para servicios y $92.658,35 para bienes; la F, en $129.045,32 y $111.198,27; la G, en $197.108,23 y $135.918,34; la H, en $447.346,93 y $272.063,40; la I, en $824.802,26 y $406.512,05; la J, en $999.007,65 y $497.059,41; y la K, en $1.381.687,90 y $600.879,51.

El pago mensual del régimen reúne tres componentes: impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social. Por ese motivo, cualquier modificación impacta de manera directa en el presupuesto de millones de contribuyentes.

La actualización también alcanzará los topes de facturación anual, los límites de consumo de energía eléctrica, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad. Mientras ARCA no oficialice los nuevos parámetros, siguen vigentes los valores fijados a comienzos de 2026.

En ese esquema, la Categoría A mantiene un tope de $10.277.988,13; la B, de $15.058.447,71; la C, de $21.113.696,52; la D, de $26.212.853,42; la E, de $30.833.964,37; la F, de $38.642.048,36; la G, de $46.211.109,37; la H, de $70.113.407,33; la I, de $78.479.211,62; la J, de $89.872.640,30; y la K, de $108.357.084,05.

Quienes superen el límite máximo de la Categoría K deberán abandonar el régimen simplificado e incorporarse al régimen general. La nueva instancia de recategorización obligatoria se abrirá el 15 de julio de 2026, cerrará el 5 de agosto de 2026 y tendrá como vencimiento de la primera cuota con la nueva categoría el 20 de agosto de 2026.

Para realizar el trámite será necesario ingresar al Portal Monotributo y revisar la información correspondiente a los últimos 12 meses. ARCA tendrá en cuenta los ingresos brutos acumulados, la superficie destinada a la actividad, el consumo anual de energía eléctrica y los alquileres vinculados con la actividad. No deberán recategorizarse quienes lleven menos de seis meses inscriptos ni aquellos cuyos parámetros continúen dentro de la misma categoría.

Antes de confirmar el trámite, el organismo recomienda verificar los datos precargados y corregir cualquier diferencia entre la facturación registrada y la real.

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