La declaración del niño cambió el rumbo del expediente y derivó en una condena para su padre
La investigación había comenzado bajo sospechas de maltrato infantil, pero las pruebas reunidas durante el proceso descartaron una agresión intencional. El acusado recibió una pena de cumplimiento efectivo por incumplir su deber de cuidado.
Una de las causas que generó mayor repercusión en Pocito durante los últimos meses tuvo un desenlace judicial que tomó un rumbo diferente al que se preveía al inicio de la investigación. El padre de un menor que había ingresado a un centro de salud con diversas lesiones fue condenado a prisión efectiva, aunque no por haber golpeado a su hijo, sino por una conducta negligente vinculada al cuidado del niño.
El caso había despertado preocupación pública luego de que el pequeño fuera asistido médicamente con golpes visibles en distintas partes del cuerpo. La situación motivó una investigación que inicialmente apuntó a determinar si existía un contexto de violencia intrafamiliar.
Sin embargo, el avance de las medidas probatorias permitió reconstruir de otra manera lo ocurrido. El elemento más relevante fue la entrevista realizada al niño mediante el sistema de Cámara Gesell, una herramienta utilizada para obtener testimonios de menores en condiciones adecuadas y sin revictimización.
Durante esa declaración, el menor explicó cómo se habían producido las lesiones que presentaba. Su relato permitió establecer que los traumatismos no eran consecuencia de una agresión física deliberada, sino de una caída ocurrida mientras se encontraba jugando en una plaza.
La exposición del niño fue considerada una pieza central dentro del expediente y llevó a los investigadores a descartar la hipótesis inicial de maltrato. Incluso, durante la entrevista, manifestó el afecto que mantiene hacia su padre, una circunstancia que también fue tenida en cuenta en el análisis integral de la situación familiar.
Con el nuevo escenario probatorio, la Fiscalía y la defensa acordaron modificar el encuadre legal de la causa. El hombre reconoció su responsabilidad por no haber ejercido el debido control y supervisión sobre el menor al momento del accidente, conducta que derivó en una acusación por lesiones culposas.
La resolución se alcanzó mediante un juicio abreviado, mecanismo que permitió concluir el proceso con el consentimiento de todas las partes intervinientes y la posterior homologación judicial.
A pesar de que el hecho no fue considerado un caso de violencia física intencional, la situación procesal del imputado se vio agravada por sus antecedentes penales. Los registros judiciales mostraron condenas previas vinculadas a delitos de distinta naturaleza, circunstancia que impidió la aplicación de una pena condicional.
Por esa razón, el acuerdo contempló una sanción de prisión efectiva. No obstante, debido al tiempo que el hombre permaneció privado de la libertad durante la investigación, el plazo restante para completar la condena es reducido.
De acuerdo con el cómputo realizado por las autoridades penitenciarias, el condenado recuperará su libertad durante las próximas semanas, una vez cumplida íntegramente la pena impuesta.
La causa deja como principal conclusión la importancia de las pruebas producidas durante la investigación, especialmente aquellas que permitieron escuchar la versión del propio niño. Su testimonio resultó determinante para esclarecer cómo ocurrieron los hechos y para redefinir el curso de un expediente que, en sus primeras etapas, apuntaba hacia una hipótesis muy distinta.