El nuevo régimen laboral ofrece quitas de deuda y elimina sanciones para empresas que regularicen empleo
La herramienta prevista en la Ley de Modernización Laboral apunta a ordenar relaciones laborales no registradas o incompletas y a reducir pasivos acumulados. También contempla beneficios para trabajadores y un plazo de adhesión de 180 días corridos desde la reglamentación.
En el marco de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) empieza a tomar centralidad como una herramienta orientada a regularizar vínculos laborales ya existentes. A diferencia del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), enfocado en nuevas contrataciones, este esquema apunta a ordenar situaciones previas de informalidad o registración incompleta.
El programa permite a empleadores del sector privado declarar relaciones iniciadas antes de la promulgación de la ley, incluyendo casos de trabajadores no registrados o parcialmente declarados. La iniciativa busca reducir la litigiosidad, ampliar la base contributiva y ofrecer un alivio concreto a las empresas que enfrentan deudas laborales acumuladas.
Uno de los puntos centrales es la condonación de la deuda previsional, que no podrá ser inferior al 70% del total adeudado por aportes y contribuciones, con capital e intereses incluidos. El beneficio alcanza a distintos subsistemas de la seguridad social, entre ellos el régimen de asignaciones familiares. Para el saldo restante, de hasta el 30%, se prevén planes de hasta 72 cuotas, con una tasa nominal anual máxima del 12% y un anticipo inicial del 5%.
El esquema también contempla la posibilidad de cancelar la deuda de contado con descuentos de hasta el 10% sobre el monto consolidado. Según la normativa, la adhesión implica además la extinción de la acción penal prevista en el Régimen Penal Tributario vinculada a la falta de registración laboral, junto con la condonación total de multas, infracciones y sanciones administrativas pendientes al momento de ingresar al régimen.
Otro efecto relevante es la salida del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), condición que en la práctica limita el acceso a financiamiento, beneficios estatales y contratos con el sector público. El régimen también admite deudas en discusión judicial o administrativa, aunque en esos casos el empleador deberá desistir de las acciones en curso y asumir las costas del proceso.
Para los trabajadores, el PER incorpora el reconocimiento retroactivo de aportes previsionales por hasta 60 meses, equivalentes a cinco años. Ese cómputo se realizará sobre el Salario Mínimo, Vital y Móvil o sobre la remuneración declarada, si fuera mayor. Los períodos regularizados podrán ser utilizados para acceder a la jubilación, pensiones por invalidez o fallecimiento y prestaciones por desempleo.
La implementación quedará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberá reglamentar el régimen sin introducir restricciones arbitrarias. La adhesión estará habilitada durante 180 días corridos desde la entrada en vigencia de la reglamentación, un plazo acotado que fija una ventana definida para que las empresas evalúen su ingreso.