Reforma Laboral de Milei: "Detona los pilares fundamentales del derecho del trabajo"
En la antesala del paro nacional convocado por la CGT, la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei suma cuestionamientos desde el ámbito sindical y jurídico. El abogado especialista en temas gremiales Cristian Aguilar advierte que la iniciativa no constituye una modernización del sistema
En la antesala del paro nacional convocado por la Confederación General del Trabajo (CGT), la propuesta de reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei es objeto de fuertes críticas desde el ámbito sindical y legal. El abogado, especialista en temas gremiales, Cristian Aguilar, cercano al movimiento sindical provincial, advierte que la normativa, lejos de ser una "modernización" como la presenta el oficialismo, implica una aniquilación de los derechos adquiridos por los trabajadores.
Según Aguilar, si bien la estrategia comunicacional del gobierno ha sido "muy inteligente" al desviar la atención hacia el artículo 245 de indemnizaciones, lo que realmente se propone modificar "de un solo plumazo" es todo el andamiaje del derecho laboral, incluyendo la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Empleo y la Ley de Asociaciones Sindicales.
El fin del principio protectorio
La gravedad de la reforma, según Aguilar, radica en la detonación de los cimientos mismos del Derecho del Trabajo. El principio fundamental de esta rama jurídica es el principio protectorio, concebido bajo el entendimiento de que la relación entre empleador y trabajador no es de igualdad. El empleador posee el poder de organización, dirección y disciplinario, mientras que el trabajador solo dispone de la "necesidad de trabajar," careciendo de poder de negociación para sentarse "de igual a igual".
Aguilar enfatiza que la ley actúa como el "colchón" que le daba al trabajador la altura necesaria para equipararse al empleador. Con la reforma, no solo se elimina este derecho protectorio, sino que también se modifica el Jus Variandi (Artículo 66), que prohíbe cambiar las condiciones de trabajo, y se altera el concepto mismo del contrato laboral, cambiando la esencia de la ley mediante "pequeñas palabras".
La dignidad anulada y el trabajo como "mercancía"
Uno de los puntos más preocupantes para el letrado es la redefinición del propósito del trabajo. El trabajo hoy tiene un "carácter alimentario," lo que exige resoluciones urgentes en caso de reclamos salariales. Con la nueva denominación propuesta, el trabajo pasa a ser considerado una "mercancía," ya que "no trabajas para comer o trabajas para ganar plata".
Además, la reforma atenta directamente contra la dignidad laboral:
• Eliminación de la dignidad: El Artículo 68 elimina la palabra "dignidad," permitiendo que el empleador modifique las tareas o el ámbito laboral.
• Multifunción y bajada de categoría: El trabajador, que antes estaba en una función específica, puede ser colocado en una "multifunción" a discreción del empleador.
• Lesiones y retorno laboral: La ley actual protege al trabajador que vuelve de una licencia médica sin estar en condiciones de realizar su tarea, obligando al empleador a reubicarlo con el mismo sueldo y categoría. La reforma, sin embargo, permite bajar el sueldo y la categoría, e incluso si al trabajador "no le gusta," se da por despedido, un cambio que "cambia la esencia del contrato de trabajo".
Aguilar subraya que, aunque se elimine la palabra "dignidad" de la ley, esta no puede desaparecer de la esencia del trabajador, amparada por la Constitución y tratados internacionales como los de la OIT.
Falta de modernidad y precarización colectiva
Contrario a la idea de "modernización", el abogado señala que la ley propuesta no regula problemas de la actualidad. Cuestiones como la inteligencia artificial, que ya generan conflictos (como el control algorítmico y deshumanizado de trabajadores en la actividad minera), no están contempladas.
De hecho, la propuesta elimina la Ley de Teletrabajo, la cual, aunque debatible, contenía derechos necesarios como el derecho a la desconexión, lo que expone al trabajador a estar "en las 24 horas a disposición".
En el plano colectivo y económico, las modificaciones buscan "destruir lo colectivo":
• Desfinanciamiento previsional y de PAMI: Se establece una reducción del 6% en los aportes patronales destinados al sistema integrado previsional y al PAMI (Ley 19032).
• Colapso de obras sociales: Se le quita un punto de aporte patronal a las obras sociales, lo que resulta en su desfinanciamiento y precarización total del sistema de salud solidario. Los aportes solidarios son cruciales para pagar tratamientos complejos que exceden el aporte individual del afiliado.
El letrado concluye que, lejos de terminar con la "industria del juicio," la reforma podría provocar una "multiplicación de juicios laborales" debido a la pérdida de derechos. Además, se intenta prohibir que los trabajadores acudan a reclamar daños por las leyes del derecho civil, limitando la reparación.
Finalmente, Aguilar recuerda la verdadera esencia de la normativa laboral: "La ley de contrato de trabajo no está hecha para crear empleo. La ley de contrato de trabajo está hecha para cuidar al trabajador como persona". El trabajador, argumenta, no es una máquina, sino una persona con necesidades de descanso, ocio y un proyecto de vida.