Cuáles son las normativas de la veda para las elecciones legislativas
La veda electoral se inició el 24 de octubre y se mantendrá hasta el 26 de octubre a las 21:00 horas. Durante este período, diversas actividades están restringidas con el fin de garantizar la transparencia del proceso electoral.
La veda electoral en el país comenzó el 24 de octubre a las 8:00 y se extenderá hasta el 26 de octubre a las 21:00, es decir, tres horas después del cierre de los comicios legislativos.
Entre las actividades prohibidas se incluye la admisión de reuniones de electores o el depósito de armas en un radio de ochenta metros alrededor de las mesas receptoras de votos. En caso de ocupación de la finca, se debe notificar a la autoridad policial.
Asimismo, están prohibidos los espectáculos populares, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública no relacionada con el acto electoral durante su desarrollo y hasta tres horas después de su clausura.
La realización de actos públicos de proselitismo y la publicación o difusión de encuestas y sondeos preelectorales están vedidas desde 48 horas antes del inicio del comicio hasta su cierre.
También se prohíbe la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, y la Junta Electoral Nacional puede ordenar el cierre temporal de aquellos locales que infrinjan esta norma.
Los electores no podrán fotografiar la Boleta Única Electrónica durante los comicios. Asimismo, la publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre los resultados de la elección está prohibida durante la jornada electoral y hasta tres horas después de su cierre.
Las infracciones a la veda electoral pueden conllevar sanciones que van desde multas económicas hasta penas de prisión, según lo estipulado en el Código Electoral. Las multas pueden oscilar entre 10.000 y 100.000 pesos.
La venta de bebidas alcohólicas durante este período es considerada una infracción grave, con penas de prisión que pueden variar de 15 días a seis meses según la legislación vigente.
El uso de armas y la exhibición de banderas u otros distintivos están prohibidos desde doce horas antes hasta tres horas después de finalizada la veda, con sanciones que pueden llegar hasta 15 días de prisión.
Finalmente, las agrupaciones políticas que realicen actos de campaña durante la veda electoral enfrentarán sanciones financieras, que pueden incluir la pérdida del derecho a recibir contribuciones y recursos de financiamiento público anual por un período de uno a cuatro años.