La Justicia determinó que tener "ñoquis" en un municipio no constituye un delito penal
La Justicia provincial concluyó que la existencia de "ñoquis" en los municipios no configura delito penal y que las sanciones deben aplicarse por vía administrativa. El fallo desestima la denuncia del SEP contra el intendente Atampiz y su hermano, el diputado Miguel Atampiz, y refuerza la autonomía municipal para tratar estas irregularidades
El reciente pronunciamiento judicial en torno a la denuncia contra el intendente Atampiz y su entorno trajo definiciones clave: la existencia de empleados municipales que cobran sueldos sin cumplir funciones, conocidos popularmente como "ñoquis", no configura un delito penal. Según la resolución, se trata de irregularidades administrativas que deben resolverse dentro del marco municipal.
El análisis de la Fiscalía sostuvo que los hechos denunciados no encajan en figuras como defraudación a la administración pública o adulteración de instrumento público, como había planteado el Sindicato de Empleados Públicos (SEP). "Se trata de faltas en el cumplimiento de funciones que deben ser abordadas con sumarios, sanciones u otras herramientas previstas en la normativa municipal", indicaron fuentes judiciales.
El marco legal
El dictamen recordó que la Constitución provincial otorga autonomía a los municipios, y que la Ley Orgánica de Municipalidades ya contempla mecanismos de control y sanción. Entre ellos, se enumeran cesantías, recuperos de haberes e intervención de organismos como el Tribunal de Cuentas. De esta manera, la Justicia descartó que exista un "vacío legal" que justifique trasladar este tipo de denuncias directamente al fuero penal.
La denuncia sindical
El SEP, liderado por José Díaz y con el patrocinio de la abogada Vanesa De Dax Sansó, había denunciado que en el municipio existían empleados con sueldos elevados que asistían apenas una vez por semana o nunca a sus puestos. Incluso, el gremio se presentó con una escribana en las oficinas municipales para constatar la situación y entrevistó al jefe de Personal, quien habría admitido estas prácticas.
Tras esa acción, el funcionario fue desplazado, hecho que el sindicato interpretó como una represalia. La acusación alcanzaba directamente al intendente Atampiz como responsable funcional, así como a su hermano, el actual diputado y exintendente Miguel Atampiz.
Sin consecuencias penales
La Justicia finalmente entendió que la vía adecuada para resolver las irregularidades es la administrativa y no la penal. Así, las denuncias del SEP no prosperarán en tribunales ordinarios, aunque podrían derivar en sanciones internas, sumarios e intervenciones de organismos de control.
Con este fallo, se consolida un criterio judicial: la figura del "ñoqui" en el ámbito municipal es reprochable, pero su sanción corresponde al derecho administrativo y no al derecho penal.