La Justicia suspende el decreto que convertía el Banco Nación en sociedad anónima
El Gobierno había intentado avanzar en la estructura del banco con el Decreto 116/2025. Finalmente, el juez Ramos Padilla hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación Bancaria.
El Poder Judicial suspendió los efectos del Decreto 116/2025, que establecía la transformación del Banco Nación en una Sociedad Anónima. La medida fue tomada por el juez Alejo Ramos Padilla, quien dictaminó que cualquier modificación en la estructura legal del banco debe ser aprobada por el Congreso. La suspensión tendrá una vigencia de al menos seis meses.
El conflicto se originó a partir de un planteo de la Asociación Bancaria, el gremio liderado por Sergio Palazzo, que previamente había logrado la aplicación de una medida cautelar interina contra la reforma impulsada por el Ejecutivo. En su fallo, Ramos Padilla reiteró que el Banco Nación es una entidad autárquica creada por ley, y que solo el Poder Legislativo tiene la facultad de cambiar su estructura.
Antecedentes de la disputa legal
El enfrentamiento judicial comenzó en junio de 2024, cuando diversos actores, incluyendo el sindicato bancario, presentaron una demanda para declarar inconstitucional la Resolución 348 del Directorio del Banco Nación y el Decreto 70/2023. Dichas normativas apuntaban a abrir la puerta a una posible privatización de la entidad financiera.
En ese momento, el juez ya había señalado que ni el decreto ni la resolución habilitaban cambios en la naturaleza jurídica del banco sin una ley específica del Congreso. Sin embargo, el Gobierno insistió con su postura y el 19 de febrero de 2025 emitió el Decreto 116/2025, en el cual establecía la conversión del Banco Nación en una Sociedad Anónima bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550.
Ahora, con la nueva resolución judicial, la medida gubernamental queda suspendida, al menos temporalmente, y el banco continuará operando bajo su actual marco normativo.
Fundamentos del fallo
El juez Ramos Padilla basó su decisión en la Carta Orgánica del Banco Nación, establecida por la Ley 21.799, que define a la entidad como un organismo autárquico del Estado con autonomía presupuestaria y administrativa. Además, enfatizó que el banco no está sujeto a las normas generales que regulan la administración pública nacional.
Con este fallo, la transformación del Banco Nación queda en suspenso, mientras el Gobierno evalúa los próximos pasos a seguir en su intención de reformar la entidad financiera.