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Justicia

Ex violento y amenazador: "No te vas a ir nada de vacaciones"

Un lamentable caso de amenazas de muerte y violación de una restricción terminó en condena condicional en San Juan.

Este martes, Javier Delcoro González fue condenado a un año de prisión condicional tras un acuerdo de juicio abreviado, por ser penalmente responsable de los delitos de amenazas simples, hurto y desobediencia a una orden judicial. La sentencia incluye reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años.

La denunciante, expareja de Delcoro González, mantuvo una relación de cinco años marcada por violencia física, verbal y psicológica. El 10 de noviembre de 2024, tras una discusión, Delcoro González se llevó la moto de la denunciante, una Motomel, y la amenazó con quemar la vivienda y a ella misma, generando temor en la víctima.

El 7 de noviembre de 2024, Delcoro González amenazó a la denunciante diciéndole: "Vos en dos meses te vas a morir, ya vas a ver, no te vas a ir nada de vacaciones (SIC)". Además, el 30 de noviembre de 2024, se acercó a la esquina del domicilio de la víctima y el 1 de diciembre de 2024 se comunicó con un vecino para enviarle un mensaje, acciones que tenía prohibidas según una orden judicial del 28 de noviembre de 2024.

El 22 de diciembre de 2024, Delcoro González envió mensajes de WhatsApp a la denunciante y luego los eliminó, continuando con su patrón de acoso y desobediencia a la orden judicial.

Tras una exhaustiva investigación y la formalización de la Instrucción Penal Preparatoria (IPP), se llegó a un acuerdo de juicio abreviado. Delcoro González fue condenado a un año de prisión condicional por ser autor penalmente responsable de los delitos de amenazas simples (dos hechos), hurto (un hecho) y desobediencia a una orden judicial (tres hechos), todo en concurso real (Art. 55 del C.P.).

Además de la condena, se le impusieron reglas de conducta durante dos años, incluyendo:

  • Constituir domicilio y someterse al cuidado del patronato correspondiente.
  • Prohibición de acercamiento y cualquier tipo de contacto con la víctima en la vía pública, su domicilio, lugar de trabajo y un radio de 300 metros.
  • Prohibición de actos turbatorios o molestos por cualquier medio, incluyendo redes sociales y telefonía.
  • Realización de un tratamiento psicológico, cuya necesidad y modalidad serán determinadas por la Oficina de
  • Medidas Alternativas del Poder Judicial de San Juan.

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