La Corte Suprema declaró "inconstitucional" la prisión perpetua
En una sentencia firmada por Rosenkrantz, Rosatti y Maqueda, los jueces del máximo tribunal dejaron firme un fallo que indica que la reclusión perpetua afecta el "derecho a la esperanza" de un condenado.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme un fallo que declara inconstitucional la imposición de prisión perpetua en Argentina cuando esta excluye la posibilidad de libertad condicional para ciertos delitos. Este precedente, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, fundamenta que el régimen perpetuo sin revisión viola el "derecho a la esperanza" de las personas condenadas, un principio amparado por tratados internacionales de derechos humanos.
El caso
El fallo tuvo origen en la condena de Sebastián Alejandro Guerra, quien en 2012 participó del asesinato de María Luján Campilongo, cabo de la Policía Federal, durante un robo violento que también dejó herido a su pareja. Guerra fue condenado en 2014 a prisión perpetua por robo reiterado y homicidio. Sin embargo, su defensa cuestionó la constitucionalidad de la pena perpetua al no permitir la libertad condicional, lo que según argumentaron vulneraba los derechos de rehabilitación y reinserción social.
Implicancias del fallo
La decisión afecta el artículo 14 del Código Penal, que prohíbe la libertad condicional para delitos graves, como los previstos en el artículo 80 (homicidios agravados). Según la Corte, una condena perpetua sin posibilidad de revisión contraría los principios de proporcionalidad, legalidad y mandato resocializador establecidos por la Constitución y tratados internacionales.
Postura de la Corte
El tribunal subrayó que una pena debe establecer condiciones claras para la eventual reinserción social del condenado. Además, criticó a la Fiscalía por no fundamentar adecuadamente su apelación y no refutar los argumentos de la Cámara Nacional de Casación, que había declarado inconstitucional el artículo 14.
Este fallo no elimina la prisión perpetua, pero redefine su aplicación, asegurando que ningún condenado quede excluido de la posibilidad de resocialización.