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El Gobierno prohibió por dos años la exportación de 7 cortes

Por dos años no se podrá exportar 7 cortes

Fue a través de un Decreto y dos Resoluciones por los que el gobierno prohibió por dos años la exportación de 7 cortes.

El Gobierno oficializó hoy el nuevo esquema de exportación de carne vacuna para el presente año.

Fue mediante el Decreto 911/2021 que lleva las firmas Alberto Fernández, Juan Manzur, y Julián Domínguez, quien además publicó dos resoluciones al respecto.

Con esto el gobiernoprohibió por dos años la exportación de 7 cortes.

Esto ocurrió luego que finalizara la vigencia de las restricciones a la exportación que desde mayo pasado instrumentó el Gobierno.

La medida se tomó con el objetivo de bajar el precio de la carne al consumidor.

En el artículo 1º del Decreto, se suspende hasta el 31 de diciembre del 2023 la exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país.

Los cortes en cuestión son bovinos frescos, enfriados o congelados: Reses Enteras, Medias Reses, Cuarto Delantero Con Hueso y Cuarto Trasero Con Hueso.

También incluye a medias reses incompletas con Hueso y Cuartos delanteros incompletos con Hueso.

Por otro lado, se prohíbe la exportación hasta fin del 2023 de los siete cortes parrilleros que tienen una alta demanda.

Ellos son: Asado con o sin hueso, Falda, Matambre, Tapa de asado, Nalga, Paleta y Vacío.

En los considerandos de la medida, se señaló que "es necesario construir una política pública para la cadena de la carne con el objeto de aumentar la producción, la existencia ganadera y el peso promedio de faena, generando previsibilidad al productor, e incrementar asimismo los volúmenes exportables".

Sostienen que las medidas que se disponen contribuyen a generar un equilibro entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos.

En mayo pasado el Gobierno dispuso restringir las exportaciones de carne para bajar el precio, algo que hasta el momento no se consiguió.

Las estadísticas indican que en noviembre, el precio en los mostradores de las carnicerías de Capital Federal y Gran Buenos Aires, aumentó más de un 10%.

El Decreto, faculta al ministerio de Agricultura a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la instrumentación de la medida.

Asimismo, Agricultura queda facultado para establecer excepciones fundadas a las pautas establecidas en el artículo referido a la prohibición de exportar los cortes parrilleros.

Además, la medida contempla que se encuentran excluidas de las limitaciones establecidas en el artículo 2° de la presente medida, las exportaciones con destino al Área Aduanera Especial, creada por la Ley N° 19.640 y/o las realizadas desde esa Área Aduanera Especial con destino al Territorio Aduanero General.

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