La diputada nacional de UP Luciana Potenza presentó un proyecto de ley denominado “Ley Segovia” para modificar el Código Penal y evitar que los acusados por delitos sexuales cometidos contra menores de edad se beneficien con la prescripción de la acción penal mientras permanezcan prófugos de la Justicia. La propuesta será tratada por las comisiones de Legislación Penal y Familias, Niñez y Juventudes. En términos prácticos, la iniciativa busca que el paso del tiempo no opere a favor de quien elude el proceso penal.
El texto incorpora un nuevo párrafo al artículo 67 del Código Penal, que regula la interrupción de la prescripción de la acción penal. Según la redacción propuesta, en los delitos contra la integridad sexual previstos en el Título III del Libro Segundo y en los delitos de trata de personas contemplados en los artículos 145 bis y 145 ter, cuando la víctima haya sido menor de 18 años al momento de los hechos, el plazo se interrumpirá durante el tiempo en que el imputado permanezca sustraído del proceso tras haber sido declarado rebelde o cuando exista una orden judicial vigente de captura o detención. La propuesta fija que esa interrupción cesará cuando el acusado se presente voluntariamente, sea capturado o quede efectivamente sometido al proceso penal.
Fundamentos del proyecto
En los fundamentos, Luciana Potenza plantea que existe un vacío normativo, porque la legislación argentina avanzó en los últimos años para contemplar las dificultades de las víctimas de abuso sexual infantil para denunciar, pero no resolvió la situación en la que es el propio imputado quien provoca el transcurso del tiempo mediante la fuga o la clandestinidad. La legisladora sostiene que las reformas previas ampliaron la protección de las víctimas, pero no incorporaron una respuesta específica para los casos en que el acusado se mantiene fuera del alcance judicial. En ese marco, la iniciativa pretende completar ese esquema legal.
La diputada menciona como antecedentes las leyes 26.705, conocida como “Ley Piazza”, y 27.206, que modificaron el régimen de prescripción para delitos sexuales cometidos durante la infancia. Según el proyecto, esas normas reconocieron los efectos del trauma y los tiempos necesarios para denunciar los abusos sufridos. La nueva propuesta, en cambio, apunta a impedir que la evasión del acusado se convierta en una vía hacia la impunidad. El criterio central es que la demora generada por la conducta del imputado no debería computarse en su favor.
El caso citado
Como fundamento principal, el proyecto cita el denominado “caso Alberto Martín Del Valle”, una causa tramitada en Bahía Blanca por abuso sexual agravado contra una niña de 11 años. De acuerdo con la iniciativa, el imputado permaneció prófugo durante años y actualmente se discute judicialmente la eventual prescripción de la acción penal. Ese antecedente es el que la autora toma como referencia para impulsar una modificación general del régimen vigente.
La propuesta también sostiene que permitir que una persona obtenga la extinción de la acción penal como consecuencia de haber eludido deliberadamente a la Justicia contradice el principio jurídico según el cual nadie puede beneficiarse de su propia conducta ilícita. Además, afirma que una solución de este tipo sería compatible con los estándares de protección de niños, niñas y adolescentes establecidos en la Constitución Nacional y en tratados internacionales de derechos humanos. Si el proyecto avanza, la “Ley Segovia” incorporaría una nueva causal de interrupción de la prescripción específicamente para delitos sexuales y de trata cometidos contra menores.
Por ahora, la iniciativa quedó en etapa parlamentaria y deberá pasar por comisión antes de cualquier definición en el recinto. El alcance final dependerá de si el Congreso incorpora o no esta causal al artículo 67 del Código Penal, en un debate que combina garantías procesales, protección de las víctimas y los efectos jurídicos de la fuga del imputado.




