La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad del raticida SUPERCygonazo, tras constatar que no contaba con un registro vigente y que la empresa vinculada a su elaboración había perdido la habilitación correspondiente.
La disposición fue publicada este miércoles 9 de septiembre en el Boletín Oficial y alcanza a un rodenticida identificado como de “dosis única”, formulado con bromadiolone 0,005 g y presentado como “cebo en granos de cereal”. En el envase figuraban los registros RNE 020046345 y RNPUD 0250001, además de la identificación de la firma Mendizabal, Ferraro y Larrinaga S.R.L., con domicilio declarado en Munro, provincia de Buenos Aires.
El expediente se inició a partir de una consulta elevada al Servicio de Domisanitarios, que analizó la situación regulatoria del producto. Durante las verificaciones, ANMAT determinó que el raticida no tenía una inscripción vigente, aunque anteriormente había contado con registro. Según consta en la disposición, la empresa había sido titular del establecimiento elaborador y del producto, pero luego fue dada de baja por no completar la reinscripción correspondiente.
Marco regulatorio
La normativa establece que los establecimientos deben renovar su habilitación cada cinco años mediante una declaración jurada. Cuando ese trámite no se realiza, la baja se produce automáticamente y, como consecuencia, también pierden vigencia los registros de los productos asociados a esa titularidad. En este caso, el organismo notificó a la firma para advertirle sobre la comercialización del raticida sin registro vigente, pero la empresa no respondió a la intimación. Tampoco pudo concretarse la comunicación postal, porque el correo informó que el envío no fue entregado debido a que la firma se había mudado.
Verificaciones y alcance
Además, el Servicio de Domisanitarios consultó a la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires para verificar la situación del producto. Desde esa jurisdicción informaron que no se encontró un registro correspondiente a un raticida identificado como Super Cygonazo perteneciente a la firma mencionada. Con esos antecedentes, el organismo concluyó que el producto carecía de respaldo regulatorio vigente y remitió los enlaces vinculados con su comercialización, publicidad y promoción al área encargada del monitoreo de publicidad de productos sujetos a vigilancia sanitaria.
La disposición también prohibió su oferta y comercialización a través de plataformas de venta electrónica. En los fundamentos, ANMAT señaló que la decisión busca proteger a potenciales compradores y usuarios, debido a que se desconocen las condiciones en las que el producto fue manufacturado. La medida lleva la firma de Luis Eduardo Fontana y establece que la empresa podrá presentar, dentro de los plazos previstos por la normativa, un recurso de reconsideración, un recurso de alzada o iniciar una acción judicial.




