El Gobierno modificó las condiciones para distribuir el cupo anual de 50.000 autos eléctricos e híbridos que pueden ingresarse al país sin pagar el derecho de importación extrazona. La nueva resolución incorpora como variables de selección la capacidad financiera de las empresas, sus antecedentes comerciales, los patentamientos y las inversiones en infraestructura de carga eléctrica.
La medida alcanza a las terminales radicadas en la Argentina y a las demás empresas incluidas en el régimen, y mantiene una distribución inicial de 25.000 unidades para cada grupo. Sin embargo, precisa cómo podrán trasladarse cupos no utilizados entre categorías y deja las condiciones de selección sujetas a lo que se establezca en cada convocatoria. El objetivo declarado es regular el acceso de las empresas al beneficio y ordenar su asignación mediante llamados específicos.
Publicación oficial Las disposiciones quedaron incorporadas en la Resolución 438/2026, publicada este viernes 30 de octubre en el Boletín Oficial de la Nación, con la firma de Pablo Agustín Lavigne, secretario de Coordinación de Producción en ejercicio de las competencias de Industria y Comercio. La norma entrará en vigencia el sábado 31 de octubre y prevé que cada llamado defina cantidades disponibles y condiciones de adjudicación. En ese esquema, la autoridad convocante podrá sumar otros criterios y deberá especificar cuáles aplicará en cada proceso.
Qué cambia en la selección La nueva redacción permite considerar los antecedentes de cumplimiento de las empresas dentro del programa, su actividad en producción, importación y comercialización, y su capacidad financiera. También incorpora los patentamientos del mercado automotor general y los correspondientes a vehículos con motorización alternativa, además del menor precio ofrecido, el momento de nacionalización de las unidades y el cumplimiento de los requisitos de homologación. A esos factores pueden sumarse la incorporación de tecnologías innovadoras y las inversiones en infraestructura de carga eléctrica vehicular.
El contraste con el procedimiento anterior muestra que el esquema amplía y explicita las variables de evaluación, pero sin fijar una jerarquía general entre ellas. Hasta ahora, la reglamentación señalaba al mes estimado de nacionalización y/o al menor precio ofrecido como referencias para adjudicar unidades, aunque ya admitía agregar factores en cada convocatoria. La resolución vigente mantiene esa posibilidad, pero la deja más abierta y dependiente de cada llamado.
Distribución y mercado La norma también modifica la composición de los participantes: la primera categoría sigue reservada para terminales radicadas en el país, mientras que la segunda pasa a referirse sólo a personas jurídicas. Además, los remanentes podrán ofrecerse en futuras convocatorias o reasignarse entre participantes de ambos grupos, independientemente de la categoría original. El organismo que realice el llamado también podrá fijar topes por empresa y por modelo, establecer valores FOB máximos y organizar procesos separados para terminales y otros importadores.
La revisión del régimen se produce sobre un segmento que amplió su escala. Según el balance oficial difundido el 30 de septiembre, las convocatorias de 2025 y 2026 habían asignado en conjunto 100.000 unidades, de las cuales 68.792 ya habían ingresado al país, con 58 modelos de 29 marcas. En ese mismo informe, el Gobierno señaló que durante 2025 se patentaron 25.600 híbridos y eléctricos, frente a 13.500 en 2024, y que en los primeros siete meses de 2026 el registro llegó a 48.320 unidades, con una participación del 21,1% del mercado y un crecimiento interanual del 322%.




