El Gobierno detalló los requisitos para autorizar empleo formal en adolescentes de 16 y 17 años
La Subsecretaría de Trabajo precisó el alcance del trabajo adolescente protegido y las condiciones que deben cumplirse para su habilitación. El régimen busca compatibilizar la inserción laboral con la continuidad educativa y la protección de derechos.
El Ministerio de Gobierno, mediante la Subsecretaría de Trabajo, recordó que la normativa vigente contempla el trabajo adolescente protegido como una modalidad de empleo formal para jóvenes de 16 y 17 años, bajo condiciones específicas orientadas a resguardar su integridad física, sus derechos laborales y la continuidad de sus estudios.
La Ley N.º 26.390 establece que el acceso al empleo requiere autorización expresa de padres, madres, tutores o responsables legales, salvo en los casos de emancipación. En ese marco, los adolescentes trabajadores cuentan con derechos como 15 días de vacaciones por año, 2 horas de descanso al mediodía en jornada partida, salario igual al de un adulto por igual tarea y registro formal de la relación laboral.
Además, deben sostener la escolaridad conforme a la Ley 26.206 y pueden acceder a protección sindical y legal, afiliarse a un sindicato, contar con cobertura de ART y realizar reclamos administrativos o judiciales si fuera necesario. La normativa también establece restricciones para tareas penosas, peligrosas o insalubres, según el Decreto N.º 1.117/16.
Entre las prohibiciones, se incluye una jornada superior a 6 horas diarias o 36 semanales en zonas urbanas, o más de 32 horas semanales en zonas rurales, salvo autorización especial. Tampoco se permiten horas extra ni trabajo nocturno: de 20:00 a 6:00 hs en zonas urbanas y de 20:00 a 5:00 hs en zonas rurales.
Para contratar a un adolescente dentro de este régimen, el empleador debe tramitar la Clave de Alta Temprana (CAT) antes del ingreso, registrar al trabajador en la obra social correspondiente y contar con una póliza de seguro o ART vigente. El trámite puede iniciarlo el empleador, con autorización firmada por los padres o tutores, o los adultos responsables del adolescente.
La gestión debe realizarse en la Subsecretaría de Trabajo ubicada en Santa Fe 54 oeste, primer piso, Ala Sur, de lunes a viernes de 8 a 12 horas. La documentación requerida incluye nota del empleador con detalle de tareas, horario, lugar y condiciones laborales; formulario firmado por el menor y sus padres o tutores; fotocopias de DNI; partida de nacimiento actualizada; certificado de escolaridad; certificado médico original; póliza de seguro o ART; y, en caso de tutela, la resolución judicial correspondiente.