Rentas actualizó el trámite para acreditar pagos por transferencia bancaria
La Dirección General de Rentas informó un nuevo procedimiento para registrar pagos efectuados mediante transferencia bancaria. El aviso deberá cargarse el mismo día de la operación y dentro del horario establecido por la norma vigente.
La Dirección General de Rentas comunicó a los contribuyentes la puesta en marcha de un nuevo procedimiento para la acreditación de pagos realizados mediante transferencia bancaria, de acuerdo con la Resolución N.º 1207-DGR-2026.
Cuando el pago se realice por esa vía, el contribuyente deberá informar la operación hasta las 23:59 horas del mismo día en que se efectuó la transferencia. Si el aviso no se presenta dentro de ese plazo, el importe ingresará como crédito en la cuenta tributaria.
La notificación debe efectuarse en el sitio web oficial de la Dirección General de Rentas, ingresando con usuario de Ciudadano Digital (CIDI) y seleccionando la opción Solicitudes y Trámites, luego Pagos / Inconsistencias / Prescripciones y, finalmente, el trámite "Aviso de Transferencia Bancaria", con las indicaciones del sistema.
Desde la entrada en vigencia de este procedimiento, la repartición dejará de recibir avisos por correo electrónico en la casilla sanjuandgr@sanjuan.gov.ar. Al momento de realizar el trámite será necesario adjuntar en formato PDF, legible y completo, la boleta de pago cuya cancelación se busca acreditar y el comprobante de la transferencia bancaria.
Una vez presentada la documentación, el pago será acreditado en la cuenta del contribuyente dentro de un plazo estimado de 48 horas. La norma aclara, además, que ninguna deuda en gestión judicial puede cancelarse mediante transferencia bancaria.
Para ampliar la información, los contribuyentes pueden consultar el sitio web de la repartición o recurrir a los canales oficiales de atención.