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Revisión judicial

Pericias psiquiátricas refuerzan la validez de la condena en el caso Andreoni

El Tribunal de Impugnación incorporó nuevos informes médicos y socioambientales en la revisión de la condena contra Julio Abdias Castro Agüero. Los estudios indicaron que comprende el proceso y no presenta alteraciones cognitivas, lo que debilitó el planteo de nulidad impulsado por la defensa.

Pericias psiquiátricas refuerzan la validez de la condena en el caso Andreoni

La revisión de la condena dictada contra Julio Abdias Castro Agüero por el homicidio de Diego Andreoni incorporó un elemento central para el expediente. En una audiencia ante el Tribunal de Impugnación, se sumaron las pericias psiquiátricas y socioambientales ordenadas durante el trámite de revisión.

Los informes concluyeron que el condenado no presenta alteraciones cognitivas y que está en condiciones de comprender el proceso judicial que afronta. Esa evaluación impactó en la estrategia de la defensa, encabezada por la abogada María Filomena Noriega, que había pedido la nulidad del juicio al sostener que la sentencia se dictó sin estudios previos sobre la salud mental de su defendido.

Como planteos alternativos, la defensa también solicitó la absolución o que el hecho fuera recalificado como exceso en la legítima defensa, una vía que podía reducir la pena. Sin embargo, los jueces Juan Carlos Caballero Vidal (h), Daniel Guillén y Renato Roca ya habían rechazado por unanimidad la nulidad al entender que la pericia psiquiátrica no era un requisito indispensable para dictar el fallo.

Además, remarcaron que ese estudio no había sido pedido por la defensa durante la etapa de investigación. Aun así, el tribunal dispuso que la Fiscalía realizara de inmediato los exámenes médicos para despejar eventuales cuestionamientos posteriores, y los resultados confirmaron que Castro Agüero es plenamente apto desde el punto de vista psicológico y psiquiátrico para afrontar el proceso.

El caso se originó en el asesinato de Diego Andreoni, ocurrido durante un enfrentamiento en el denominado "tercer tiempo" de un partido disputado en una cancha de fútbol de Rivadavia. En el juicio oral, el tribunal integrado por Mabel Moya, Guillermo Adárvez y Javier Figuerola condenó a Castro Agüero a 12 años de prisión efectiva como autor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, mientras que Franco Vicente Gómez fue absuelto.

Con la incorporación de las nuevas pruebas, el Tribunal de Impugnación dio por cerrado el debate y comenzó a correr el plazo legal de 30 días para emitir su resolución. En ese pronunciamiento deberá definir si confirma la condena o si hace lugar, total o parcialmente, a alguno de los planteos presentados por la defensa.

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