Condenaron a un hombre por violencia intrafamiliar en un caso que sienta precedente en San Juan
La Justicia de San Juan condenó a un hombre por violencia intrafamiliar, en una causa en que se actuó de oficio, dado que la victima se negó a denunciar el hecho.
El Ministerio Público Fiscal informó que el pasado 18 de junio se llevó a cabo la audiencia de finalización de un caso de violencia intrafamiliar que tuvo su origen el 4 de junio en el departamento de Rivadavia, en la zona de Marquesado.
Según se explicó, una pareja que convivía desde hacía varios años protagonizó una fuerte discusión en un domicilio particular, durante la cual el hombre agredió físicamente a la mujer, provocándole lesiones de consideración. Tras el episodio, familiares presentes en el lugar dieron aviso al 911 y se activó el procedimiento especial de flagrancia.
Uno de los aspectos más relevantes del caso fue que la propia víctima, pese a presentar lesiones evidentes, se negó a radicar la denuncia. Frente a esa situación, la Fiscalía decidió impulsar la investigación de oficio al considerar que estaba comprometido el interés público y que existían suficientes elementos probatorios, entre ellos los testimonios de familiares y de los efectivos policiales que intervinieron.
Durante la audiencia de presentación, la defensa se opuso al inicio del proceso argumentando que se trataba de un delito de acción privada y que debía ser impulsado por la víctima. Sin embargo, el juez interviniente habilitó el avance de la causa.
Finalmente, en la audiencia de finalización realizada el 18 de junio, y con informes médicos que acreditaron una incapacidad de diez días producto de un fuerte golpe en el rostro, las partes arribaron a un acuerdo de juicio abreviado.
Como consecuencia, el imputado fue condenado a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, pena que corresponde al mínimo legal y que tuvo en cuenta la existencia de antecedentes penales menores.
Desde la Fiscalía destacaron que la resolución constituye un precedente en la provincia, al haberse obtenido una condena mediante una actuación iniciada de oficio en un delito de acción privada. Además, señalaron que la decisión de avanzar por esta vía también buscó evitar la revictimización de la mujer, quien probablemente no hubiera prestado declaración o lo hubiera hecho para favorecer al acusado.