ARCA puso en marcha el esquema de regularización para empleo registrado
La agencia oficializó el régimen de promoción del empleo registrado con beneficios sobre deudas previsionales y aportes impagos. También definió plazos, requisitos de adhesión y modalidades para cancelar los saldos no alcanzados por la condonación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, también denominado blanqueo laboral, mediante la Resolución General 5862/2026. La medida establece un esquema de condonación parcial de deuda y un sistema de pago para las obligaciones que no queden alcanzadas por el beneficio.
El incentivo central del régimen es la condonación de capital e intereses derivados de aportes y contribuciones omitidos con destino a los subsistemas de la Seguridad Social, entre ellos cajas de jubilaciones, asignaciones familiares y el Fondo Nacional de Empleo. Los porcentajes de condonación previsional se aplican de manera gradual sobre los saldos determinados.
Para la parte de la deuda que no acceda a la condonación total, ARCA dispuso un plan de facilidades de pago. Las micro y pequeñas empresas y las entidades sin fines de lucro podrán cancelar en 72 cuotas con un pago a cuenta del 3%; las medianas empresas tramo 1 y 2, en 48 cuotas con un pago a cuenta del 4%; y los demás empleadores, en 36 cuotas con un pago a cuenta del 5%.
La regularización de las relaciones laborales deberá concretarse hasta el 28 de noviembre de 2026, inclusive, y podrá abarcar obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026, inclusive, según indicó el consultor Ignacio Barrios. El régimen alcanza a empleadores del sector privado que regularicen relaciones no registradas o deficientemente registradas, mientras que quedan excluidos el Sector Público y quienes ya hayan adherido al régimen anterior de la Ley N° 27.742 por los mismos empleados.
La condonación parcial comprende aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), PAMI, obras sociales, Fondo Nacional de Empleo y asignaciones familiares. Según el tamaño de la empresa, la condonación alcanza el 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, el 80% para medianas empresas tramo 1 y 2, y el 70% para los demás empleadores.
Además, el régimen prevé la condonación del 100% de la deuda correspondiente al Sistema Nacional del Seguro de Salud, a la Ley de Riesgos del Trabajo y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO). Una vez aplicada la condonación, el saldo remanente podrá abonarse al contado, con una reducción adicional del 50%, o mediante el plan de cuotas previsto por ARCA.
Entre las condiciones del plan, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con una tasa de interés del 1% y un mínimo de $50.000 tanto para la cuota como para el pago a cuenta. El procedimiento exige corregir la registración del trabajador, presentar las declaraciones juradas correspondientes, elegir la modalidad de cancelación y efectuar el pago a cuenta o las cuotas a través de Mis Facilidades.
ARCA también estableció causales de caducidad del plan. El beneficio se pierde si no se abonan dos cuotas, consecutivas o alternadas, dentro de los 60 días corridos posteriores al vencimiento de la segunda, o si no se paga una cuota dentro de los 60 días corridos desde el vencimiento de la última cuota del plan. En caso de caducidad, el organismo podrá iniciar juicio de ejecución fiscal.
Entre las preguntas frecuentes, se confirma que pueden regularizarse trabajadores con juicio o inspección, siempre que la deuda no esté cancelada; que las presentaciones erróneas pueden anularse hasta el 20 de noviembre de 2026; y que no existe restricción en la cantidad de planes durante el período de regularización. La adhesión, además, computa para jubilación, obra social, asignaciones familiares y cobertura de riesgos de trabajo.