El Ejecutivo remitió al Senado un nuevo régimen para sociedades comerciales
La propuesta oficial plantea reemplazar la Ley 19.550 con un esquema de casi 300 artículos. Incluye cambios en digitalización, capital social, objeto societario y nuevas figuras vinculadas a la automatización y la inteligencia artificial.
El Gobierno giró al Congreso el proyecto de una nueva Ley General de Sociedades, con el propósito de reemplazar la Ley 19.550, vigente desde 1972. En los fundamentos, el Poder Ejecutivo sostuvo que ese marco fue un pilar del derecho privado argentino moderno, aunque consideró que debe adecuarse a las necesidades económicas, tecnológicas, empresariales y jurídicas del siglo XXI.
La iniciativa ingresó por el Senado y lleva las firmas de Javier Milei, Manuel Adorni y Juan Bautista Mahiques. Según explicó Federico Sturzenegger en X, el texto se suma a un conjunto de reformas que, afirmó, buscan consolidar la trayectoria de crecimiento que ya transita la gestión.
El proyecto propone un régimen societario más simple, flexible, previsible y moderno, con mayor libertad de organización para los particulares. Entre sus ejes, busca simplificar la registración, reducir trabas administrativas, reconocer instrumentos digitales y acelerar los plazos de inscripción mediante legajos y registros digitales.
Otro de los cambios centrales es la redefinición del concepto de sociedad y la ampliación de las sociedades unipersonales. El texto también fortalece la autonomía de la voluntad de los socios, revisa el rol del capital social y habilita una mayor libertad para estructurarlo, incluso en moneda extranjera o en otros instrumentos admitidos por el ordenamiento jurídico vigente.
La propuesta incorpora además una mirada tecnológica que incluye firmas digitales o electrónicas, reuniones remotas, contratos inteligentes, registros distribuidos, tokens e inteligencia artificial. En ese marco, introduce la figura de Sociedad Automatizada para aquellas que operen con sistemas algorítmicos autónomos o agentes de inteligencia artificial, sin trabajadores en relación de dependencia, y prevé también la Sociedad Descentralizada Autónoma Operativa (D.A.O.).