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Justicia y educación

La Justicia ordenó al gobierno bonaerense indemnizar a un alumno por un caso de acoso escolar

Un fallo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.º 1 de Mercedes responsabilizó a la Dirección General de Escuelas de la provincia de Buenos Aires por no intervenir ante un caso de bullying. La sentencia fija una reparación superior a los 20 millones de pesos y cuestiona la respuesta institucional frente a la violencia escolar.

La Justicia ordenó al gobierno bonaerense indemnizar a un alumno por un caso de acoso escolar

El caso de J.A.M., cuya identidad se mantiene reservada, expuso la inacción de docentes, directivos e inspectores frente a un episodio de acoso escolar que derivó en consecuencias psicológicas graves. La resolución obliga al Gobierno bonaerense, a través de la Dirección General de Escuelas de la provincia de Buenos Aires, a afrontar una indemnización que supera los 20 millones de pesos.

El hostigamiento comenzó entre 2011 y 2012, cuando el alumno cursaba en la Escuela Técnica N.º 1 "Mariano Moreno" de Chivilcoy. Según el expediente, fue objeto de empujones, golpes, insultos, amenazas y filmaciones de las agresiones, mientras las autoridades escolares no aplicaron sanciones a los responsables.

Uno de los episodios más graves ocurrió cuando recibió un golpe con un borrador en plena clase de Ciudadanía. El docente a cargo, de acuerdo con la sentencia, le preguntó si quería ir al baño para lavarse la cara y continuó con la clase sin adoptar medidas contra los agresores. Más tarde, la respuesta institucional incluyó la propuesta de cambiarlo de turno, en lugar de intervenir sobre quienes ejercían la violencia.

La inspectora zonal también minimizó lo ocurrido al atribuir las agresiones a "actitudes propias de la adolescencia". Con el correr del tiempo, el cuadro se agravó: el adolescente dejó de asistir a la escuela, fue sometido a tratamiento psiquiátrico domiciliario y los peritajes oficiales concluyeron que desarrolló una neurosis fóbica moderada y un trastorno fóbico de ansiedad severo con componente depresivo y somatizaciones.

La defensa de la Dirección General de Escuelas, hoy conducida por Flavia Terigi, sostuvo que se trataba de episodios aislados y apuntó a una supuesta patología previa del alumno. El juez Luis Oscar Laserna rechazó ese planteo y entendió que hubo una abierta invisibilización del problema, al naturalizar y normalizar el trato violento entre pares.

El fallo también desestimó el intento de Provincia Seguros S.A. de excluir su responsabilidad con base en la póliza, al señalar que el acoso escolar no se asimila de manera automática a una cláusula de exclusión por hostigamiento. Además, el juzgado declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 7º de la Ley de Convertibilidad N.º 23.928 y dispuso una actualización por el Índice de Precios al Consumidor del INDEC.

Con ese criterio, la indemnización fue fijada por encima de los $20 millones. El juez desestimó el reclamo directo de los padres y concentró el resarcimiento en la figura del joven damnificado, en una sentencia que deja asentada la responsabilidad estatal frente a la violencia escolar.

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