La Anmat amplía la nómina de sustancias vedadas en cosméticos y perfumes
El organismo nacional actualizó la lista de compuestos que no podrán seguir utilizándose en productos de higiene personal, maquillaje, cremas y fragancias. Las empresas del sector dispondrán de 60 días para ajustar sus formulaciones a la nueva disposición.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso una nueva actualización de las sustancias prohibidas para productos cosméticos, de higiene personal y perfumes, en sintonía con la normativa vigente del Mercosur. La medida quedó formalizada a través de la Disposición 2820/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La modificación incorpora ingredientes que dejan de estar autorizados en el mercado argentino y alcanza a artículos de uso masivo como cremas, maquillajes, shampoos, perfumes y otros productos de cuidado personal, tanto nacionales como importados. Entre las sustancias sumadas a la nómina figuran el óxido de difenil(2,4,6-trimetilbenzoil) fosfina y la N,N-dimetil-p-toluidina, señaladas por los organismos técnicos como potencialmente riesgosas para la salud.
De acuerdo con lo informado, la decisión se adoptó tras una revisión de la normativa regional del Mercosur, que fija criterios comunes sobre los ingredientes que no pueden utilizarse en cosméticos y productos de higiene. La disposición reemplaza una regulación vigente desde 2015 y otorga un plazo de 60 días para que las empresas del sector adecúen sus formulaciones. Desde el organismo sanitario indicaron que el objetivo es actualizar los estándares de seguridad, reforzar los controles sobre productos de uso cotidiano y sostener la armonización con los criterios técnicos regionales.