San Juan dictó la primera condena efectiva del país por escaneo ilegal de iris
La Justicia sanjuanina cerró una causa por captación fraudulenta de datos biométricos con una pena de prisión efectiva. La investigación apuntó a personas vulnerables y detectó el uso de identidades digitales obtenidas mediante engaños.
La Unidad Fiscal de Delitos Contra la Propiedad de San Juan obtuvo una condena calificada como inédita en el país en una causa por obtención ilegal de datos biométricos y personales a través del escaneo de iris. El expediente terminó con prisión efectiva para uno de los involucrados y dejó un antecedente judicial en delitos asociados al uso indebido de identidades digitales.
La investigación fue conducida por el fiscal Cristian Catalano, junto con Florencia Caillet, Carlos Yanzón y Carla Savall. Según informó Fiscalía, la maniobra se desarrolló entre agosto y septiembre de 2024 y estaba dirigida principalmente a personas de bajos recursos o con escasa instrucción.
Los encuentros se realizaban en distintos puntos de la provincia, en especial en Rawson y en zonas alejadas, con convocatorias en los complejos Eleazar y José Dolores. Allí, los acusados ofrecían alrededor de 10 mil pesos a cambio de un supuesto escaneo de iris para una empresa europea llamada WorldCoin.
La pesquisa determinó que los implicados no tenían vínculo con esa firma y que utilizaban teléfonos celulares particulares para recolectar información biométrica y datos personales de las víctimas. Con esa información generaban cuentas digitales que luego quedaban bajo su control y eran empleadas como "cuentas mulas" para crear perfiles virtuales y comercializarlos.
Desde el Ministerio Público señalaron que se trató de una investigación compleja por el componente tecnológico y por el uso de información biométrica sensible. También remarcaron que las maniobras afectaron especialmente a sectores vulnerables, atraídos por la promesa de obtener dinero rápido.
En una audiencia realizada este viernes 15 de mayo de 2026, Sergio David Moreyra fue condenado mediante juicio abreviado a tres meses de prisión efectiva por los delitos de violación de secretos y de la privacidad y estafa, en concurso real. La pena deberá unificarse con una condena previa de 12 años de prisión y la Justicia declaró su reincidencia conforme al artículo 50 del Código Penal Argentino.