El Gobierno promulgó cambios en la ley de glaciares y redefine el esquema de protección ambiental
La reforma amplía el protagonismo de las provincias y habilita evaluaciones caso por caso para actividades en zonas periglaciares. El Ejecutivo sostiene que busca equilibrar la protección ambiental con el desarrollo productivo.
El Gobierno nacional oficializó la promulgación de la ley 27.804, que modifica el régimen de protección de glaciares vigente desde 2010. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 271/2026, publicado en el Boletín Oficial, y establece un nuevo marco para la gestión de estos recursos en la Argentina.
La norma mantiene como objetivo central la preservación de los glaciares como reservas estratégicas de recursos hídricos, aunque introduce cambios en su interpretación y la alinea con principios de la Constitución Nacional, como el derecho a un ambiente sano y la potestad de las provincias sobre sus recursos naturales. Con ese criterio, el nuevo esquema refuerza el peso del federalismo en la toma de decisiones ambientales.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la redefinición de las áreas protegidas. Desde ahora, la protección estricta quedará limitada a los glaciares y a aquellas geoformas periglaciares que acrediten una función hídrica comprobada. Esto abre la puerta a habilitar actividades productivas en zonas que antes estaban alcanzadas por restricciones más amplias.
En ese marco, las provincias pasan a tener un rol decisivo, ya que serán las encargadas de determinar, con base en estudios técnicos, qué áreas deben resguardarse y cuáles podrán destinarse a actividades económicas. La modificación responde, en parte, a planteos de distritos con fuerte desarrollo minero.
Otro cambio relevante es el abandono del esquema de prohibiciones generales. En su lugar, se implementa un sistema basado en evaluaciones de impacto ambiental específicas para cada proyecto, que deberán ser aprobadas por las autoridades competentes en cada jurisdicción.
En relación con el inventario de glaciares, se mantiene el registro nacional bajo la órbita del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, aunque con funciones más acotadas. El organismo seguirá aportando información técnica, pero sin poder de decisión sobre las definiciones provinciales.
La ley también incorpora el principio precautorio: todas las geoformas incluidas en el inventario serán consideradas protegidas hasta que estudios científicos determinen lo contrario. Además, se actualizan los mecanismos para sumar o excluir zonas del registro.
El texto establece que cualquier actividad deberá contar con una evaluación de impacto ambiental previa y, cuando corresponda, con evaluaciones estratégicas que incluyan instancias de participación ciudadana, de acuerdo con la normativa vigente.
La reforma había sido aprobada el pasado 9 de abril en el Congreso de la Nación Argentina, con 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, en una sesión marcada por tensiones y protestas en las inmediaciones del Parlamento.
Desde el Poder Ejecutivo defendieron los cambios al señalar que permitirán ordenar el marco normativo y reducir interpretaciones discrecionales. Además, sostuvieron que la nueva legislación busca equilibrar la protección ambiental con el desarrollo productivo, al precisar con criterios científicos qué debe protegerse y habilitar actividades en áreas que no forman parte del núcleo de resguardo.