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Confirmado

Jubilados en abril: confirman bono de $70.000 y el haber mínimo superará los $450.000

El Gobierno formalizó el pago de un bono extraordinario previsional para jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y se aplicará durante abril.

Jubilados en abril: confirman bono de $70.000 y el haber mínimo superará los $450.000

El Gobierno oficializó este lunes el pago de un bono previsional de $70.000 para abril, destinado a jubilados que perciban el haber mínimo, mediante el Decreto 213/2026 publicado en el Boletín Oficial. Con esta actualización, las jubilaciones mínimas del mes quedarán por encima de $450.000, al contemplarse además la suba del haber inicial vinculada a la inflación de febrero, que fue del 2,9%.

En los fundamentos, el Ejecutivo sostuvo que la medida responde a los efectos del Índice de Movilidad Jubilatoria vigente desde marzo de 2021, establecido por la Ley N° 27.609. Según el texto, esa fórmula "presentaba graves y serios inconvenientes, en tanto no resguardaba el riesgo inflacionario que afectaba los beneficios de los adultos mayores, puesto que no contemplaba la variación de los precios y presentaba un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes, entre otras cuestiones".

El decreto recordó que, desde la asunción de Javier Milei, se otorgaron dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses de 2024 y que, desde marzo de ese año, el refuerzo pasó a $70.000. En ese marco, el documento señaló que la Ley N° 27.609 tuvo efectos perjudiciales para jubilados y pensionados, especialmente para los de menores ingresos, y por eso resultó necesario sostenerlos con ayudas económicas previsionales y bonos extraordinarios mensuales desde enero de 2024 y hasta marzo de 2026, inclusive.

Para abril de 2026, el texto oficial indicó que se considera oportuno otorgar un Bono Extraordinario Previsional como compensación por los efectos adversos de la normativa sobre los haberes de los adultos mayores de menores ingresos. Además, precisó que los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mes de la liquidación y que el bono no será susceptible de descuento ni computable para otro concepto.

La norma también estableció que, en el caso de las pensiones, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, se considerarán como un único titular a los fines del derecho al cobro del bono. El beneficio alcanzará a titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES, a quienes perciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor y a beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más, además de otras pensiones no contributivas y graciables abonadas por el organismo.

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