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Judicial

Prisión efectiva para un hombre por violencia y hostigamiento contra su ex pareja

Un hombre fue sentenciado a seis meses de prisión efectiva tras violar una orden de restricción y hostigar reiteradamente a su ex pareja, tras un juicio abreviado impulsado por la Unidad Fiscal CAVIG.

Prisión efectiva para un hombre por violencia y hostigamiento contra su ex pareja

La Justicia de San Juan condenó a Cristian Ramón Chena a seis meses de prisión efectiva luego de comprobar que había cometido amenazas, daños y desobedecido una orden judicial vigente. La causa, tramitada por la Unidad Fiscal CAVIG del Ministerio Público Fiscal, fue impulsada por la fiscal Dra. Claudia Ruiz y contó con la intervención del fiscal Atilio Sebastián Yanardi y la ayudante fiscal Virginia Pérez Lloveras.

Según el expediente, Chena mantuvo una relación de pareja de aproximadamente 20 años con la víctima, con quien tuvo dos hijos de 19 y 17 años. Durante la convivencia, el acusado ejerció violencia física, psicológica y económica, incluyendo insultos, amenazas, agresiones y destrucción de objetos.

Ante estos hechos, el 12 de junio de 2024, el Segundo Juzgado de Familia dictó una orden de restricción que prohibía a Chena acercarse a menos de 300 metros del domicilio de su ex pareja, así como cualquier tipo de contacto o hostigamiento, medidas ya notificadas al acusado.

Sin embargo, el 24 de abril de 2025, Chena violó repetidamente la orden judicial: arrojó piedras contra la puerta de la mujer, la amenazó verbalmente desde su motocicleta y la interceptó junto a su hermana en el barrio Sierras de Marquesado, donde dañó su teléfono celular y proferió amenazas de causar lesiones graves.

Estos actos derivaron en la denuncia penal de la víctima ante la Unidad Fiscal CAVIG y la solicitud de nuevas protecciones. Tras un acuerdo de juicio abreviado, la Justicia sentenció a Chena como autor responsable de amenazas simples, daño simple y desobediencia a una orden judicial en concurso real. La pena fue agravada por antecedentes penales previos.

Además, se estableció la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme, la notificación formal a la denunciante según la Ley 1851-O, y la sujeción del condenado al Patronato de Presos, Liberados y Excarcelados.

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