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Calendario Laboral 2025

Confirmado el último fin de semana largo del año con cuatro días de descanso

El Gobierno oficializó un feriado extendido de cuatro días para noviembre de 2025, que representa el último período de descanso prolongado del año. Esta disposición incluye un día no laborable con fines turísticos y el traslado del feriado nacional por el Día de la Soberanía Nacional.

Confirmado el último fin de semana largo del año con cuatro días de descanso

Según el calendario oficial publicado por el Gobierno nacional en argentina.gob.ar, el último fin de semana largo de 2025 se desarrollará en noviembre, ofreciendo cuatro días consecutivos de descanso.

Este período abarcará desde el viernes 21 hasta el lunes 24 de noviembre, integrando un día no laborable con fines turísticos y el traslado de un feriado nacional.

La configuración detallada es la siguiente: el viernes 21 será un día no laborable con fines turísticos o feriado puente; sábado 22 y domingo 23 corresponden al descanso habitual de fin de semana; y el lunes 24 se conmemora el feriado nacional por el Día de la Soberanía Nacional, trasladado desde el jueves 20.

Este esquema constituye el último puente turístico del año según el calendario 2025.

El Día de la Soberanía Nacional se celebra cada 20 de noviembre para honrar la Batalla de la Vuelta de Obligado, ocurrida en 1845 a orillas del río Paraná.

Durante dicha batalla, fuerzas anglo-francesas intentaron avanzar sobre territorio argentino bajo el gobierno de Juan Manuel de Rosas, mientras el general Lucio Mansilla lideraba la defensa nacional.

A pesar de la superioridad militar extranjera, la resistencia simbolizó la lucha por la independencia y autodeterminación del país, convirtiéndose en un emblema de soberanía nacional del siglo XIX.

Por esta razón, la fecha fue instituida oficialmente como feriado nacional y se traslada al lunes más próximo para incentivar el descanso y el turismo.

Es importante distinguir entre feriado nacional y día no laborable debido a sus diferentes implicancias laborales.

En los feriados nacionales, como el lunes 24, el descanso es obligatorio y el trabajo debe remunerarse al doble.

En contraste, los días no laborables, como el viernes 21, dependen de la decisión del empleador sobre la concesión del descanso, sin corresponder pago doble en caso de trabajar.

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