La comunidad universitaria despide con pesar a Horacio Córdoba, referente sindical docente| Abrir nota completa...
Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.diarioelzondasj.com.ar/a/342568
Información Electoral

Validez del DNI vencido en elecciones

El Ministerio de Gobierno ha informado que el Documento Nacional de Identidad (DNI) vencido puede ser utilizado para votar, siempre que coincida con el registro del padrón. La Cámara Nacional Electoral ha reafirmado esta disposición en sus comunicados oficiales.

Validez del DNI vencido en elecciones

El Ministerio de Gobierno, a través del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, ha indicado que el vencimiento del Documento Nacional de Identidad (DNI) no constituye un impedimento para ejercer el derecho al voto en las próximas elecciones.

En el ámbito electoral, la función del DNI se centra en acreditar la identidad del ciudadano, sin que la vigencia administrativa del documento sea un requisito. Por esta razón, la Cámara Nacional Electoral (CNE) ha señalado en diversas acordadas y comunicados que "el vencimiento del documento no invalida el derecho a sufragar". Lo esencial es que el ejemplar presentado coincida con el que figura en el padrón o sea uno posterior.

El Código Electoral Nacional (Ley 19.945, artículos 167 y siguientes) establece que el elector debe presentar su documento para validar su identidad, sin hacer referencia a la fecha de vencimiento. Asimismo, la Cámara Nacional Electoral reitera que "el DNI vencido es válido para votar".

Últimas noticias

Ver más noticias