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Decisión Electoral

La Cámara Nacional Electoral desestima la solicitud de reimpresión de boletas de La Libertad Avanza

La Cámara Nacional Electoral ha determinado que no se procederá a la reimpresión de la Boleta Única Papel en Buenos Aires, tras la renuncia de varios candidatos de la alianza.

La Cámara Nacional Electoral desestima la solicitud de reimpresión de boletas de La Libertad Avanza

La Cámara Nacional Electoral ha emitido un fallo en el que se niega a expedirse sobre el pedido de la alianza La Libertad Avanza para reimprimir la Boleta Única Papel en el distrito Buenos Aires. Esta decisión se produce después de la renuncia de José Luis Espert y de otros candidatos a diputados nacionales.

El tribunal consideró que la solicitud se volvió inejecutable debido a razones materiales y de tiempo, dado que las elecciones generales están programadas para el 26 de octubre.

El conflicto surgió cuando los apoderados de la alianza solicitaron la actualización de la boleta única tras la renuncia de un candidato y dos candidatas. Argumentaron que era necesario para garantizar la transparencia y el derecho del electorado a elegir informadamente. Sin embargo, la Junta Electoral Nacional de Buenos Aires rechazó dicha solicitud, alegando que los informes técnicos y el cronograma electoral hacían inviable una nueva impresión sin comprometer la organización de los comicios.

La decisión fue apelada por los apoderados de La Libertad Avanza, quienes sostuvieron que la imposibilidad material alegada era una consecuencia directa de la conducta del órgano jurisdiccional, que optó por diferir la resolución del planteo, llevando la posibilidad material real al límite.

El dictamen del fiscal actuante fue claro al solicitar el rechazo de la apelación, indicando que resultaba imposible cumplir con el procedimiento de ley para oficializar un nuevo modelo de boleta en el tiempo restante.

La resolución de la Cámara se fundamenta en la reciente reforma introducida por la ley 27.781, que implementó el sistema de Boleta Única de Papel para las elecciones nacionales. En este contexto, el proceso de diseño, aprobación e impresión de las boletas estaba ya en su fase final.

Según el informe de los secretarios electorales, la recepción de los 38.760 talonarios de boletas se completó el 8 de octubre, y el control de los mismos estaba casi finalizado. La fecha límite para iniciar la distribución del material electoral era el 16 de octubre, y el proceso de impresión requería al menos cinco días, por lo que el plazo para la reimpresión ya había vencido el 10 de octubre.

La Cámara subrayó la importancia de la certeza y la rápida resolución de los conflictos electorales, destacando que estos trascienden el interés de los partidos y afectan el normal desenvolvimiento institucional. El tribunal también recordó que la protección de las instituciones y los procedimientos democráticos es un deber fundamental.

Finalmente, la Cámara Nacional Electoral declaró que carece de interés jurídico actual para pronunciarse sobre la pretensión de la agrupación, dado que la cuestión ha perdido virtualidad y se ha tornado abstracta. La resolución fue notificada al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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