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Historia internacional

Abdón Cifuentes un adelantado de sus tiempos, en Chile".

Se conmemoran 160 años, del discurso por el voto femenino de Cifuentes, en Chile. 

Abdón Cifuentes Espinosa (San Felipe, 16 de mayo de 1836 - Santiago, 13 de abril de 1928). Abogado, docente, escritor y político del Partido Conservador. Senador en tres periodos, entre 1888 y 1912 y diputado por cuatro periodos entre 1897 y 1882. Fue ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública durante el gobierno de Federico Errázuriz Echaurren.

Fue uno de los políticos católicos más importantes del partido conservador chileno del siglo XIX. Fue un adelantado en sus tiempos, como es sabido, la historia le dio la razón a Abdón Cifuentes. Así, en 1934 se aprobó una ley que le concedió a la mujer derecha a voto en las elecciones municipales; y finalmente, en 1949, se les reconocieron a las mujeres plenos derechos ciudadanos en nuestro país.

Una larga lucha debieron dar las mujeres para votar y llegar a ocupar cargos de representación popular. En las primeras décadas de la República no había propuestas ni debates en torno al tema.

Quizás quien se refirió por primera vez al voto femenino fue el líder conservador Abdón Cifuentes, que en un discurso pronunciado el 16 de agosto de 1865, en la Sociedad San Luis Gonzaga, propuso la posibilidad de que las mujeres con cierta educación puedan ejercer el derecho a voto: "que las que reúnan tales o cuáles condiciones tengan siquiera derecho de depositar en la urna el voto de un entendimiento cultivado y de una conciencia recta; el voto de una inteligencia que conoce el bien de su país infinitamente mejor que muchos hombres a quienes la ley concede ese derecho; el voto de un corazón que puede amar a la patria sin rival, que puede vivirla hasta la heroicidad, que puede cual ninguno interesarse por su suerte".

Si definimos el feminismo como la búsqueda de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, entonces el líder conservador Abdón Cifuentes, puede considerarse con justo mérito como precursor del feminismo en nuestro país. En efecto, él fue el primer líder político que postuló la concesión de los derechos electorales a la mujer; cuando comenzaba a debatirse en la Cámara de Diputados un proyecto de reforma de la Constitución que especificaba quienes eran los ciudadanos con derecho a sufragio.

Cifuentes señalaba que, de acuerdo a la propia Constitución vigente, las mujeres tenían este derecho ya que en ella se señalaba que los ciudadanos con derecho a voto eran "los chilenos" en términos globales, sin distinción de sexo: "Si se atiende al uso común del lenguaje, es evidente que la voz chilena, como la de individuo, como hombre, en general, comprende a los dos sexos" (Colección de Discursos de Abdón Cifuentes, Tomo Primero; Escuela Tip. "La Gratitud Nacional", Santiago, 1916; pp. 221-2).

Y yendo al fondo del tema, Cifuentes planteó que "las sociedades políticas, tal como están constituidas al presente, reposan bajo cierto aspecto sobre una base esencialmente injusta, contraria al progreso, contraria a todos los principios fundamentales y constitutivos del orden social.

Ellas despojan de los derechos políticos nada menos que a la mitad del género humano, y precisamente a la mitad más débil y por consiguiente a la que más interés debe tener en el bienestar y progreso de las sociedades, la que reclama y necesita con más imperio la protección social, si hay alguien que por su naturaleza necesita más que otro la protección de la ley y de la sociedad, ese es la mujer, físicamente más débil que el hombre; si hay alguien que tenga un interés supremo en que el orden social se perfeccione, en que haya un buen gobierno, ese es la mujer; y si hubiera alguien que en la sociedad pudiera quedar desheredado de los derechos políticos, no sería ciertamente el débil que puede ser impunemente oprimido, sino el fuerte que puede ser impunemente opresor; no debería ser por cierto la mujer, sino el hombre.

Si hay pues, alguna diferencia entre uno y otro, esta diferencia está a favor de la mujer, que tiene más necesidad que el hombre, de buenas leyes y buenos gobiernos, de buenas instituciones y buenos magistrados, que sepan dar protección debida a los que más la necesitan".

En 1875 sucedió un hecho inédito. Un grupo de mujeres en La Serena y otro en San Felipe intentaron inscribirse en las Juntas Calificadoras de Elecciones, argumentando que en el artículo octavo de la Constitución otorgaba el voto a todos los chilenos mayores de 21 años, si son casados, y de 25 años, si son solteros, que supieran leer y escribir.

El 18 de noviembre de 1875, El Mercurio de Valparaíso publicó la siguiente noticia: "Hoy han sido cerrados los registros después de haber inscrito en la primera mesa de este pueblo a la señora Clotilde Garretón de Soffia. La mesa acordó unánimemente que la ley  no la eximía, y por lo tanto no había inconveniente de llamarla ciudadano, puesto que contaba con todos los requisitos que aquella dispone". No obstante, no hay constancia de que haya podido votar en las elecciones presidenciales de 1876.

Sin embargo, como es sabido, la historia le dio la razón a Abdón Cifuentes. Así, en 1934 se aprobó una ley que le concedió a la mujer derecho a voto en las elecciones municipales; y finalmente, en 1949, se les reconocieron a las mujeres plenos derechos ciudadanos en Chile.

Argentina se destacó como uno de los primeros países de América Latina en garantizar el derecho al voto femenino, al aprobar la Ley 13.010 en 1947, impulsada por Eva Perón.

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