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Justicia

"Nunca hubo confusión tumor-bebé": Absuelven al médico de un polémico caso en el Hospital San Roque

La justicia confirmó que el médico señalado por la madre que llegó al hospital de Jáchal con un dolor de panza y salió con un hijo muerto es inocente. La defensa del profesional reveló lamentables condiciones de trabajo durante ese día y una postura difícil de la paciente, lo que complicó el diagnóstico. 

Tras un juicio extenso y cargado de testimonios, la Justicia sanjuanina absolvió al Dr. Lucas Rodrigo Quinsacara, el médico que fue imputado por homicidio culposo en el marco del trágico fallecimiento de un bebé en el Hospital San Roque de Jáchal. La abogada defensora, Dra. Josela Echegaray, en una entrevista con Zonda Diario, expresó su satisfacción por el veredicto y detalló los argumentos clave que llevaron a la absolución, señalando falencias en el sistema de salud y la particular situación de la paciente.

La noticia de la absolución del Dr. Quinsacara, dada a conocer en la fecha, pone fin a un proceso judicial que se extendió por tres semanas y que mantuvo en vilo a la comunidad sanjuanina. Si bien los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 21 de mayo, la Dra. Echegaray adelantó que el juez consideró que "no se habían acreditado los extremos que había pretendido en su acusación el Ministerio Público Fiscal".

Desestiman que la confusión tumor-bebé

Dra Josela Echegaray Crédito: Carlos Vargas

Uno de los puntos centrales abordados por la abogada fue la errónea información que trascendió sobre una supuesta confusión de un tumor con el embarazo por parte del Dr. Quinsacara. Al respecto, la Dra. Echegaray fue enfática: "Estas cuestiones que se señalaron respecto de la confusión de un tumor con un bebé, nunca fue así. Esto no fue el objeto del proceso, nunca sucedió". Esto fue llo que hizo el caso tomara relevancia nacional y se hablara de la presunta confusión en medios como Infobae. 

La letrada explicó que, si bien otros médicos que atendieron a la paciente entre el 4 y 5 de febrero de 2024 pudieron haber mencionado una "tumoración" al hallar una masa, el Dr. Quinsacara nunca emitió ese diagnóstico presuntivo ni se le imputó el delito por tal confusión. "Realmente no fue lo que se discutió. La discusión fue esta imputación, como dije, por parte del Ministerio Público Fiscal, basándose en una presunta   violación a la posición del garante por parte del médico y un incumplimiento o una omisión de los deberes del cuidado de la paciente", aclaró.

Falencias del sistema de salud como factor determinante


La defensa del Dr. Quinsacara se centró en demostrar que una serie de factores conflictivos y falencias del sistema de saludcontribuyeron al trágico resultado. La Dra. Echegaray señaló que, a su entender, lograron probar durante el proceso que "existieron una serie de factores bastante conflictivos que llevaron a esta a este resultado. En cierta en cierta medida, existieron intervenciones posteriores de otra parte del personal médico que entendemos, quizá fue de bastante falente en algunos puntos y realmente se hizo mucho hincapié durante el proceso o al menos a los ojos de de esta defensa de ciertas cuestiones propias del sistema eh que no estaban en condiciones como para otorgar una atención a un paciente en un hospital eh de la del nivel que está consignado el Hospital San Roque".

En este sentido, la abogada detalló la sobrecarga de trabajo que enfrentaba el personal médico: "El día domingo se atendieron entre 80 y 100 pacientes en la urgencia del Hospital San Roque. Es muy difícil concebir el funcionamiento de un hospital solo a cargo de dos profesionales. En cualquier profesión o trabajo, uno descansa sobre la confianza de que cuenta con estos medios o bien con el apoyo de un equipo de trabajo".

Asimismo, mencionó la falta de recursos esenciales en ese momento: "El día 4 de febrero del 2024 en el Hospital San Roque se habían otorgado licencias a personal fundamental para el funcionamiento, como por ejemplo los ecografistas. Se había dado licencia al personal del servicio de cirugía de guardias pasivas, no se contaba con ciertos insumos necesarios para determinar el estado de embarazo en un paciente, como los reactivos de subunidad beta".

La Dra. Echegaray explicó que, ante la falta de reactivos para la subunidad beta (el examen específico para detectar el embarazo), el personal de enfermería realizó un test rápido de embarazo que arrojó un resultado negativo, sin que el Dr. Quinsacara estuviera al tanto de esta situación. "Lo que se utiliza es para determinar exactamente el estado de embarazo del paciente, y esto fue reemplazado a criterio del personal de enfermería por un test rápido de embarazo que dio resultado negativo en ese momento. Por supuesto, todo esto en desconocimiento del doctor Quinsacara, quien posteriormente se enteró de que se había practicado un evatest, de que no se había podido realizar por falta de insumos el reactivo de subunidad beta, y que esto había arrojado un resultado negativo", precisó.

Dra Josela Echegaray Crédito: Carlos Vargas

Además, la abogada destacó que, a pesar de que el Dr. Quinsacara ordenó una serie de estudios, muchos de ellos no se llevaron a cabo posteriormente. "El Dr. Quinsacara hizo un abordaje perfecto de la paciente, ordenó un sinfín de estudios de los cuales muchos no se realizaron posteriormente, pero fueron ordenados y pedidos", afirmó.

La conducta de la paciente como factor concurrente

Otro aspecto relevante señalado por la defensa fue la actitud de la paciente al momento de la atención. La Dra. Echegaray describió a la Sra. Aballay como una "paciente de muy difícil abordaje " que "no tenía información en las preguntas, no fue muy clara en su contestación, negó reiteradas veces el estado de embarazo, alegando el desconocimiento del mismo".

Si bien la abogada mostró respeto por el dolor de la madre, no omitió mencionar que, desde su perspectiva, hubo situaciones en las que la propia paciente se colocó en una situación de peligro. "No puedo omitir la mención de este factor como coadyuvante al resultado. Esa es la realidad. Aunque suene de esta manera, sinceramente, inclusive se escuchó de la propia testimonial del resto de los médicos que intervinieron. Nadie pudo determinar por el solo examen físico o bien visualmente el estado o la existencia de un embarazo", sostuvo.

La Dra. Echegaray resaltó la excepcionalidad de que un embarazo de 9 meses (que en realidad era postérmino, de más de 10 meses) no fuera percibido por la propia madre ni por el personal médico en una primera instancia. "Sabemos que existen posibilidades de continuar con menstruaciones a pesar de estar embarazadas, pero hablamos de un embarazo ni siquiera de 9 meses. La señora Aballay llegó al hospital con un embarazo postérmino, tenía un embarazo de más de 10 meses con todo el riesgo que implica para un feto en cuanto a sufrimiento fetal y a las complicaciones propias de un embarazo postérmino, que es un embarazo de alto riesgo que médicamente se recomienda por seguridad la aplicación de un método de cesárea para el nacimiento", explicó.

Dudas sobre la atención obstétrica

Dra Josela Echegaray Crédito: Carlos Vargas

La abogada defensora también planteó serias dudas sobre la atención brindada durante el parto por parte del ginecólogo, señalando la falta de controles vitales del bebé. "Nunca se hizo control de signos vitales durante el parto. Esto también fue consultado al ginecólogo. No existieron controles de ningún tipo, por lo tanto, no sabíamos el estado del bebé al tiempo del parto, ni de latidos, ni de absolutamente nada. Simplemente se procedió a este parto a las 11 de la mañana y a las 12 el bebé nace sin vida", lamentó.

Además, mencionó que la pericia anatomopatológica reveló que el feto presentaba condiciones de altísimo riesgo y que, de haber nacido con vida, hubiera requerido cuidados intensivos neonatales, servicio con el que tampoco contaba el hospital en ese momento. "Su perito que se presentó a prestar declaración manifestó que, atento a lo que él había analizado como anatomopatólogo, las condiciones de vida eran de altísimo riesgo, o sea, en el caso de haber nacido con vida, debería haberse dirigido de inmediato a una terapia intensiva neonatal, cuestión con la que tampoco contaba el hospital en ese momento. Pero quiero decir con esto que las condiciones del feto, el estado del feto no era de salud ni de bienestar, muy por el contrario, como acabo de decir, hablamos de un embarazo de más de 10 meses", concluyó la Dra. Echegaray.

La absolución del Dr. Quinsacara abre interrogantes sobre las responsabilidades en este trágico caso y pone de relieve las posibles falencias estructurales del sistema de salud que pudieron haber contribuido al fatal desenlace. Habrá que esperar la lectura completa de los fundamentos del fallo para comprender en detalle las razones que llevaron al juez a dictar la absolución.

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