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Regulación del transporte

Nueva normativa nacional agiliza trámites para el transporte de pasajeros

 A partir de este miércoles entra en vigencia un registro único para el transporte interprovincial. Marcelo Molina, Secretario de Tránsito y Transporte de San Juan, explicó cómo afecta a los sanjuaninos que viajan fuera de la provincia.

A partir de este miércoles, entra en vigencia un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP), lo que generará modificaciones en la forma en que se regulan los servicios de transporte de pasajeros interprovinciales. Marcelo Molina, Secretario de Tránsito y Transporte de San Juan, explicó los detalles de esta nueva normativa, que, si bien no tendrá un impacto directo en el transporte dentro de la provincia, afectará a aquellos sanjuaninos que viajan a otras provincias.

Agilización y Desregulación:

La nueva normativa busca agilizar los trámites de habilitación para los prestadores de servicios de transporte de pasajeros. A partir de ahora, los transportistas deberán inscribirse en el RNTAP, un registro que permitirá hacer el trámite a distancia. Según Molina, "la Nación va a habilitar un registro, que ya existía, pero lo va a agilizar. A los cinco días, los municipios deben responder si el prestador está habilitado o no". Este cambio simplificará el proceso burocrático, permitiendo que el tiempo de espera se reduzca significativamente.

Además, la medida amplía las características de los vehículos habilitados para ofrecer el servicio y también da más flexibilidad en cuanto a la organización de los recorridos. "La disponibilidad y la colocación de horarios correrán por cuenta del prestador", indicó Molina. Esto significa que los transportistas podrán definir sus propios horarios y rutas, sin estar obligados a salir exclusivamente desde las terminales de ómnibus. Por ejemplo, un prestador podría optar por salir desde la Plaza de Rawson en San Juan hacia el aeropuerto de Mendoza en horarios específicos.

¿Qué impacto tendrá en San Juan?

A pesar de que la nueva regulación tiene un impacto directo sobre los servicios interprovinciales, Molina dejó en claro que, dentro de la provincia, la estructura actual de la ley local continuará sin cambios. "Esto no afecta a San Juan en su totalidad. Dentro de la provincia seguimos con la normativa local y con el compromiso de respetar lo establecido por la red Tulum", explicó. Así, los servicios de transporte dentro de la provincia seguirán regulados bajo las normas provinciales.

Sin embargo, la situación es diferente para aquellos sanjuaninos que viajan fuera de la provincia. "Lo que afecta al sanjuanino es cuando sale a Mendoza, Córdoba, Buenos Aires o San Luis. En esos casos, los transportes deberán inscribirse en el nuevo registro nacional", señaló el Secretario de Tránsito y Transporte.

¿Quién regula los vehículos interprovinciales?

Aunque la regulación de los transportes interprovinciales ahora dependerá de la Nación, Molina aclaró que la Secretaría de Tránsito y Transporte de San Juan no tiene injerencia en estos servicios. "Nosotros no tenemos la responsabilidad de controlar esos servicios nacionales, ni lo vamos a tener con esta desregulación", afirmó. La normativa vigente, la Ley Nacional de Tránsito 24.449, seguirá siendo la que regule aspectos como la categoría de carnet requerida para conducir, el tipo de seguro necesario y los requisitos de homologación de los vehículos.

Orientación y asesoramiento:

Aunque la Secretaría no será la encargada de regular directamente los nuevos servicios nacionales, Molina enfatizó la obligación del organismo de orientar a los sanjuaninos sobre la nueva legislación. "Nosotros vamos a orientar, pero como no somos el regulador, quedamos aislados en esas circunstancias. Aún así, tenemos la obligación de leer la ley y brindar la información necesaria", concluyó.

Con esta nueva regulación, los servicios de transporte interprovinciales se presentan más ágiles y flexibles, aunque los sanjuaninos deben estar informados sobre los cambios y cómo afectarán sus viajes fuera de la provincia.


Cualquier vehículo que tenga seguro y VTV al día podrá llevar pasajeros

El gobierno de Javier Milei reglamentó los procesos de desregulación del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia. A partir de ahora, cualquier vehículo que cuente con seguro y Verificación Técnica Vehicular (VTV) al día, podrá prestar el servicio.

Por medio de la Resolución 57/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, estableció la desregulación del transporte de pasajeros de larga y media distancia y el de oferta libre.

La medida impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, introduce"modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector", según explicaron desde el área que encabeza Franco Mogetta.

Al mismo tiempo, destacaron que "se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes".

La norma habilita la posibilidad de que cualquier vehículo que cuente con el correspondiente seguro y la Verificación Técnica Vehicular (VTV) al día, pueda ofrecer el servicio de transporte de pasajeros. De esta manera, autos, combis, utilitarios y demás rodados podrán ser prestadores de transporte.

Así lo expresó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, mediante su cuenta de X, al señalar que "a quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros".

En ese aspecto, insistió en que "cualquier interesado en proveer el servicio puede hacerlo". De esta manera, tendrán que informar "a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer" y especificó que "pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran".

Precisamente en ese sentido, entre los cambios vinculados a la desburocratización, que tienen vigencia inmediata, se establece que los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios.

Además, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) "brindando mayor comodidad y transparencia, con el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos".

El trámite, que estará disponible a partir del 11 de diciembre del corriente, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.

Desde Transporte informaron que "una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar".

Además, aclararon que "los transportistas que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada".

En paralelo, se autorizó a los transportistas inscriptos en el RNTAP "a efectuar servicios ocasionales en circuito cerrado de carácter internacional, de conformidad con la normativa específica establecida para esta categoría de servicios".

Al valorar la medida en su conjunto, desde la secretaría remarcaron que "a partir de esta reglamentación se podrán establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios, logrando una mayor oferta y competencia de precios, con beneficios tanto para el pasajero como para empresas y transportistas".

A modo de contraste, recordaron que "antes de esta desregulación una modificación en cualquier parámetro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc) tardaba entre 6 meses a un año como mínimo", mientras que "ahora, con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros; se simplifica y acorta el tiempo burocrático, solo teniendo que informar la baja del parámetro con 15 días de antelación, procediendo luego al alta con la modificación deseada".

Al mismo tiempo, la secretaría dependiente de la cartera económica sostuvo que "se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo" y ratificó que "se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos".

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