Autorizan a las prepagas a limitar la cobertura a los afiliados
La medida fue informada a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. A partir de ahora, solo los médicos de las cartillas podrán emitir recetas.
El Gobierno implementó una modificación en el sistema de cobertura de las prepagas y obras sociales que afecta a los afiliados de planes cerrados: solo los médicos incluidos en las cartillas de cada empresa podrán emitir las recetas y órdenes para acceder a la atención o solicitar reembolsos de medicamentos y prácticas médicas. La medida, que busca asegurar la "sostenibilidad del sistema", fue oficializada este lunes a través de la resolución 3934/24 en el Boletín Oficial, firmada por Gabriel Gonzalo Oriolo, titular de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).
Según la normativa, los agentes de salud deben presentar ante la SSS los planes de salud, detallando los médicos, centros y prestadores autorizados para cada plan. Además, deben especificar si el plan es abierto o cerrado, describiendo las condiciones de acceso y cobertura.
Para quienes buscan cobertura en planes cerrados, la disposición establece que las prescripciones serán válidas solo si provienen de médicos de la cartilla. Los afiliados que deseen obtener cobertura por fuera de este listado tendrían que optar por un plan abierto, que suele implicar un mayor costo.
La normativa también indica que las prepagas y obras sociales deberán seguir las Guías de Buenas Prácticas del Ministerio de Salud, reguladas en la resolución 4912/24, y que solo podrán presentar solicitudes de reintegro ante la SSS en aquellos casos que cumplan estrictamente con lo dispuesto en los artículos de esta nueva resolución.
Finalmente, el cumplimiento de estos requisitos será obligatorio para toda solicitud de cobertura, subsidio o reembolso de prácticas médicas y medicamentos.