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Por resolución

AFIP reglamenta la prórroga del blanqueo

El plazo para la adhesión al régimen y la presentación de la DDJJ se extenderá hasta el 30 de abril de 2025 y se facultó al Poder Ejecutivo a prorrogar dicho plazo hasta el 31 de julio de 2025, inclusive.

A través de la Resolución General 5578/2024 publicado en Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la prórroga del blanqueo y modificó el texto original del Régimen de Regularización de Activos en línea con las nuevas fechas.
 
Según establece el documento, esa ley estableció que el plazo para la adhesión al régimen y la presentación de la DDJJ se extenderá hasta el 30 de abril de 2025 y facultó al Poder Ejecutivo a prorrogar dicho plazo hasta el 31 de julio de 2025, inclusive.
  
Este régimen está dividido en tres etapas, contemplándose el período para realizar la manifestación de adhesión, el pago adelantado obligatorio, la presentación de la DDJJ, el pago del impuesto especial de regularización y la alícuota aplicable.

Por ese motivo, la AFIP tomó la decisión de adecuar la Resolución General 5528 y sus modificaciones, a fin de considerar las disposiciones del Decreto 864/2024 que cambió el calendario para el blanqueo.
 
Las disposiciones de esta resolución general con la firma de Florencia Mirashi, entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos a partir del 1 de octubre de 2024, inclusive.

Las claves del blanqueo: cuál es el nuevo calendario y cuándo se podrá retirar el dinero
El Gobierno tomó la decisión de prorrogar la Fase 1 del blanqueo.

En ese sentido, el plazo para depositar dinero en efectivo se extendió hasta el 31 de octubre de 2024. Originalmente, este vencía el 30 de septiembre de 2024.

Los fondos deben depositarse en:

- Cuenta CERA (Cuenta Especial de Regularización de Activos), si el dinero está en Argentina.

Cuenta bancaria en una entidad financiera del exterior, si los fondos están fuera del país.

A partir del 1 de noviembre de 2024, ya no será posible regularizar dinero en efectivo.

- Si deposité dinero en una cuenta CERA hasta el 30/09/2024 ¿Cuándo podré retirarlo?

El dinero depositado en una cuenta CERA hasta el 30/09/2024 podrá retirarse a partir del 1 de octubre de 2024.

Sin embargo, si realizas un retiro total o parcial, ya no podrás seguir depositando nuevos fondos en la cuenta CERA.

Por ejemplo, si depositaste US$ 50.000 en la cuenta CERA durante septiembre de 2024 y el 10/10/2024 realizas un segundo depósito de USD 20.000, pero el 11/10/2024 decidís retirar USD 10.000 de los USD 50.000 iniciales, a partir de ese momento ya no podrás realizar más depósitos en la cuenta CERA. Sin embargo, podrás retirar los USD 40.000 restantes depositados en septiembre hasta el 31/10/2024. Los USD 20.000 depositados en octubre podrán retirarse a partir del 1/11/2024.

- Si deposito dinero en una cuenta CERA en octubre, ¿Cuándo podré retirarlo?

El dinero depositado en una cuenta CERA durante octubre podrá retirarse a partir del 1 de noviembre de 2024.

- Blanqueo de efectivo hasta u$s100.000 ¿El Banco va a retener el 5%?

No, si regularizas un monto de hasta USD 100.000, podrás retirarlo sin que se te aplique la retención del 5% del impuesto del blanqueo.

- Blanqueo de efectivo superior u$s100.000 ¿ El Banco va a retener el 5%?

Depende. Si regularizas más de USD 100.000 y das el destino que establece la ley y la reglamentación hasta el 31 de diciembre de 2025, no se aplicará la retención del 5% del impuesto del blanqueo.

Sin embargo, si retiras el dinero antes de esa fecha, se aplicará el 5% del impuesto sobre el monto retirado.

- ¿La prórroga de la primera etapa del blanqueo es solo para dinero en efectivo?

No, la prórroga de la primera etapa del blanqueo aplica tanto para dinero en efectivo como para cualquier otro tipo de bienes que se pueden regularizar.

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